Importancia
Uno de los principales
inconvenientes en el análisis del sector MIPYME es que se suele considerar a
las empresas en forma individual, enfoque en el que las empresas aparecen aportando muy poco a la
economía. Cabe destacar dos puntos: 1) Hay cierto consenso en que los estudios
sobre MIPYMES deben siempre realizarse tomando en cuenta la dimensión completa
del sector y su aporte como un todo articulado a la economía, único modo en que
se capta de mejor forma el real aporte de las MIPYMES tanto a la economía como
a la sociedad; 2) Si se analiza a la
MIPYME individualmente, es recomendable priorizar un enfoque
que considere la economía comunitaria más que el todo nacional, pues es en el ámbito
comunitario donde la misma cuenta con el potencial para realizar su principal
aporte, tanto como empleador o como inversor en la comunidad, acumulando así
cierto poder colectivo. Esta característica del sector es difícilmente
cuantificable, ya que muchos de sus aportes no tienen relación directa con su
negocio, bajo una lógica de responsabilidad social empresarial, e inclusive son
conducidos por la esposa del propietario de la MIPYME (Spence &
Schmidpeter, 2003), de manera independiente con la administración de la firma.
Su relación con
las Grandes Empresas
Un error recurrente en
algunos trabajos del área, y que conviene resolver, es aquel referido a la asimilación
de las MIPYME a las Grandes Empresas (GE´s),, criterio no muy acertado resulta
imperante distinguirlas de la teoría de las grandes empresas. Las MIPYMES no
son versiones de GEs de menor tamaño, pues su dinámica y organización interna
es distinta, así como también su dinámica empresarial, la forma de relacionarse
con los agentes económicos, con los proveedores y compradores, e inclusive con
los empleados. Las MIPYMES son un fenómeno aparte de las GEs y deben ser
estudiadas como tal.
Una de las aproximaciones
tradicionales al porqué no pueden ser tratadas como agentes económicos de menor
tamaño, es la de Yoguel (1998), quien indica que la principal barrera que
diferencia a las MIPYMES de las GEs es que tanto la propiedad como la dirección
de las primeras recaen sobre su dueño, lo que las convierte, principalmente, en
empresas familiares, cuya interpretación del mundo no es profesional y hace que
las decisiones que se toman estén más relacionadas con las visiones del propietario
que con estudios y estrategias empresariales sobre el desarrollo de la empresa.
Coviello y Martin (1999),
por su parte, agregan que las MIPYMES enfrentan problemas relativos a su tamaño,
los mismos que son ajenos a las GEs. Estos se ven reflejados en la
imposibilidad de realizar economías de escala al interior de la empresa,
reduciendo los costos fijos de producción y/o los precios de los productos
finales, a fin de aumentar la competitividad. A lo que se suma que, envueltos
en una rauda competencia con las GE, los microempresarios se ven a menudo en la
necesidad de vender con bajos márgenes de ganancia por sobre los costos de
producción. En la misma línea, Beck, Demirgüç- Kunt y Lavine (2005) resaltan el
problema de los costos fijos, que no pueden ser reducidos sin economías de escala.
Es importante notar que
las visiones expuestas están sujetas a ciertas limitaciones. Así, el
planteamiento de Yoguel, puede ser discutido desde la óptica de las medianas
empresas y desde el tipo de definición que se utilice para las MIPYMES. De la
misma forma, la imposibilidad de realizar economías de escala o compras al por
mayor fue solucionado, desde el ámbito teórico al menos, a través de las Redes
y Clúster. No obstante, la teoría sostiene que debe haber una separación conceptual,
debido a que las MIPYMES efectivamente responden a una lógica distinta a la de
las GEs.
Como ejemplos de dicha
distinción se cita: que los microempresarios de economías hogareñas no siempre
distinguen entre la contabilidad de su firma y de su hogar, y que el
surgimiento de la MIPYME
responde mucho más a consecuencias de una crisis económica y horizontes
temporales de corto plazo que a un raciocinio empresarial.
Ahora, el separarlas
conceptualmente de las grandes empresas genera una nueva discusión, que se centra
en cuál es el lugar de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa en la economía. Existen estudios que presentan contra
argumentos respecto de los beneficios de las MIPYMES. Por ejemplo, entre los principales
puntos que se mencionan, se destaca que los trabajos ofrecidos por el sector no
son de calidad y no crean expectativas a futuro; y que las firmas del sector no
son eficientes para enfrentar las barreras de entrada y salida del ambiente de
negocios.
Beck, Demirgüç-Kunt y
Lavine (2005) dan luces en relación a que los argumentos en contra del sector
se basan en estudios de casos particulares y en un pequeño número de MIPYMES,
por lo que no pueden ser considerados como verdaderos análisis sobre el
universo del sector; esto, en parte, porque no existe información estadística
internacionalmente comparable como para realizar dichas investigaciones, por lo
que conclusiones de aquella índole son apresuradas y carecen de fundamento
empírico sostenible.
Evolución
histórica
Aún dentro del presente
concierto de trabajos sobre el tema, la postura según la cual los economistas nunca
han prestado demasiada atención al fenómeno continúa estando vigente (Di Tommaso
& Dubbini, 2000); no obstante, dicha observación es más afín a las décadas
del cincuenta, sesenta y setenta, en que
el enfoque económico predominante (en materia empresarial) era el de la
producción en serie, siguiendo aquel modelo de industrialización caracterizado
en los Estados Unidos por Henry Ford; así, cualquier forma de organización
fabril distinta al fordismo era considerada como ineficiente y por lo
tanto excluida del análisis detallado; especialmente por ser considerada
ineficiente en la intensidad de utilización de las energías.
“La asociación positiva
entre tamaño de la planta y la productividad de la mano de obra en un esquema
de uso intensivo de la energía fue el elemento decisivo que justificó el predominio
de las firmas grandes en la organización de la producción” (Yoguel, 2005, pág.
94).
A pesar de la poca
importancia que los teóricos asignaban al fenómeno de las MIPYMES, éste existía
y era constatado en la realidad económica de los países, sin embargo, la teoría
económica de las décadas anteriores a los ochenta consideraban a las MIPYMES
como signo de sub-desarrollo económico (Kaufmann & Tesfayobannes, 1997),
como si las empresas de menor tamaño estuviesen envueltas en un estadio de crecimiento menor que las
grandes empresas, estableciendo con la dimensión de estas una relación directa
con la evolución de la economía nacional; por lo tanto, las MIPYMES estaban
destinadas a desaparecer una vez que el país se desarrollase, siguiendo el
curso natural de la evolución económica.
A mediados de los
cincuenta las ventajas de las MIPYMES ya eran bien conocidas. Así se resaltaba
el trabajo intensivo en mano de obra, su adaptabilidad, la utilización de
factores productivos locales, y reducción de la dependencia de las
importaciones (Späth, 1993), como los beneficios más importantes.
Las empresas de menor
tamaño no encontraban lugar dentro del sistema de producción en serie, no debido
a las características que este requería de los obreros [las cuales eran
reducidas] sino a la ausencia de inversión que implicaba la adquisición de los
bienes de capital necesarios para llevar a cabo la producción en masa. Esta
incompatibilidad jugó desde un principio en contra de considerar a las MIPYMES
como un fenómeno plausible de ser incorporado a las economías industrializadas.
Tal sesgo se mantuvo hasta la aparición de los conceptos de red y clúster
empresarial.
Ya entre los sesenta y
setenta existían dos puntos de vista confrontados sobre la realidad del
fenómeno, por un lado la postura “tradicional” de la industrialización, que
continuaba considerando a la
MIPYME como signo de un sub-desarrollo, de un país que se
encontraba todavía en etapas previas a la industrialización necesaria para
desarrollarse. Pero por otro lado, comenzaba a surgir la noción de que en ellas
descansaba la clave para un desarrollo industrial sin los males sociales del fordismo (CEPAL, 1988).
En la misma época se dio
un primer giro en torno al estudio de las MIPYMES, y se vio su confrontación con
las grandes empresas en términos de “formalidad”; mientras las segundas se
encontraban legalmente constituidas, con beneficiosos incentivos
gubernamentales, leyes laborales para los empleados y demás; las primeras
permanecían sumergidas en la informalidad dada por el carácter “familiar” de la
empresa. De esta forma, se solía denominar a la MIPYME como el “sector
informal” o la “economía sumergida”[1].
Para mediados de la
década de los setenta, y a razón de la mencionada crisis, se produce un segundo
giro en el enfoque, ya de características más definitivas, a partir de que la Organización
Internacional del Trabajo empieza a recomendar que los países
del “tercer mundo” ayuden a las MIPYMES, otorgándoles mayores incentivos y
generando políticas de promoción (Organización Internacional del Trabajo, 1972).
Entra entonces en el debate público la preocupación por las MIPYMES de forma
más definitiva y organizada.
A partir de las crisis de
los setenta y ochenta se había puesto en jaque el paradigma vigente y entonces comienza
a debatirse el modelo de producción en masa del fordismo en términos del nuevo paradigma, al que se
denominó “Especialización Flexible” y que se asentó sobre las bases de
estructuras menos rígidas y más adaptables; uno de cuyos puntos de partida fue
el estudio de las pequeñas empresas en Italia (Schmitz, 1993).
Pionero en esta área es
el libro “The second
industrial divide: Possibilities for prosperity” de Piore y Sable (1984), en el cual se
establecía que el deterioro de la economía de la época se debía a las limitaciones
del modelo de producción en masa y que por ello se debía de cambiar a un modelo
más adaptable, lo cual implicaba cambiar el sistema de uno de producción en
serie con obreros semicapacitados, a otro más innovador y flexible, compuesto
por obreros capacitados y maquinaria fácilmente adaptable a los cambios
continuos. Queda claro que tal enfoque se alejaba de las rígidas estructuras
acumuladas por la mayoría de las tradicionales grandes empresas de la época.
Ahora, es importante
destacar que si bien la especialización flexible ayudó a propulsar a las
MIPYMES dentro del escenario económico, economías de pequeña escala y
especialización flexible no son sinónimos.
El nuevo paradigma ayudó a las MIPYMES combatiendo al fordismo a favor de una organización con mayor
adaptación, lo cual implicaba el reemplazo de estructuras rígidas y costosas de
capital instalado; pero esto no necesariamente es un argumento a favor de las
firmas de menor tamaño.
Si bien ambos –el nuevo
paradigma y las MIPYMES– han tenido un auge simultáneo, esto se debió fundamentalmente
a un enemigo común, el fordismo, y no tanto a
características compartidas entre ambos. De hecho, es factible la
implementación del paradigma de la especialización flexible en grandes empresas,
ya que lo que éste indica es una forma de relación, que no tiene necesariamente
que ver con el tamaño de la firma; si bien existe una diferencia y es que en
las grandes empresas la especialización flexible se da como descentralización
interna, mientras que en las pequeñas es la forma en la que éstas se relacionan
con otras firmas (Schmitz, 1993), queda claro que no es un paradigma excluyente
de las GEs ni centrado en las MIPYMES.
En los ochenta, y con la
aparición del mencionado paradigma post-fordista de uso intensivo en información y conocimiento (Yoguel, 2005), se produce
un aumento en el interés por las MIPYMES, ahora vistas como agentes de este
cambio, debido a que el menor tamaño de estas empresas es considerado como
signo de una mayor capacidad de adaptación e innovación.
A lo anterior se sumaba
que habían logrado capear la crisis de los ochenta, demostrando una tendencia recesiva
menor que la de países como Argentina, al tiempo que creaban empleo9, en parte
gracias a su flexibilidad, pero también a la informalidad del sector y su potencial
para absorber la fuerza laboral desechada por el sector formal (Späth, 1993);
esto contribuyó a que las MIPYMES, antes vistas como sigo negativo de la
economía, empezasen a ganar respeto entre los economistas, no por su fortaleza
en tiempos ordinarios, sino por su capacidad de subsistencia en época de crisis
(Schmitz, 1993).
Esta correlación fue
reforzada con estudios10 que propulsaban a la microempresa rural como el instrumento
de rescate de la población campesina en situación de pobreza; elevando los
ingresos y mejorando la calidad de vida de los habitantes del campo, allí donde
las grandes industrias no llegaban, o lo hacían con un esquema productivo que
no contribuía al mejoramiento de la situación de la población rural.
A partir de entonces, y
bajo el nuevo paradigma, las pequeñas firmas empiezan a ser consideradas como eficientes,
flexibles y dinámicas (Späth, 1993), especialmente por países en desarrollo,
que necesitaban firmas adaptables que lograsen sobrevivir a los efectos
exteriores de las crisis; no obstante, su estudio no prosperó de igual forma,
sino hasta que fue tomado por los países industrializados (Schmitz, 1993).
En 1994 el Banco Mundial
entrega tres argumentos centrales que apoyaban la política de ayuda hacia el sector
PyME: el primero era que favorecían la competencia y el emprendimiento,
aumentando los beneficios de una economía flexible, a través de su eficiencia e
innovación. El segundo, que las PyMEs eran más productivas que las GE, pero que
no eran apoyadas por el sector financiero, haciéndose necesaria la ayuda
estatal. Finalmente, la evidencia empírica demostraba que las PyMEs eran más funcionales
al empleo que las GEs, debido a que las primeras son intensivas en mano de
obra, mientras que las segundas lo son en maquinaria (Beck, Demirgüç-Kunt,
& Lavine, 2005).
En América Latina el
ambiente en que comenzaron a desarrollarse las PyMEs fue muy particular ya que se
presentaba como cerrado al mundo, con una baja competencia y una alta
incertidumbre económica (Yoguel, 1998), que respondía al esquema de
Industrialización por Sustitución de Importaciones (modelo ISI), lo cual
conllevó a una configuración particular de estas pequeñas firmas, que se
debieron enfrentar, en la década de los noventa, a la liberalización de
mercados y la apertura al comercio internacional, lo cual generó una ardua
competencia económica.
A principios de los
noventa se realizaron varios estudios de microeconomía, destinados a
identificar los desafíos a los que las PyMEs se enfrentarían en el nuevo
escenario marcado por el cambio de régimen y marco regulatorio; y si bien se
encuentran excepciones particulares, las PyMEs enfrentan un fuerte desafío
competitivo debido a la apertura económica y las reformas estructurales, que si
bien disminuyeron la incertidumbre, posibilitaron la aparición de nuevos
competidores (Yoguel, 1998).
Al mismo tiempo que la
liberalización del comercio pareciera tener efectos de polarización entre las distintas
áreas productivas de las MIPYMES; el efecto del proceso sobre el desempeño del
sector pareciera no haber sido tan chocante. Así, autores como Peres y Stumpo
(2002) indican que la evidencia empírica se encuentra lejos de poder sustentar
afirmaciones sobre que las PyMEs haya resultado perdedoras del proceso de
liberalización de los noventa.
Su relación con
el éxito económico
Es importante destacar
que si bien el cambio de paradigma, revisado anteriormente, reorienta la interpretación
de la existencia de las MIPYMES, alejándola de aquella primera intuición de
verlas como signo de sub-desarrollo industrial de las economías; esto no debe
conducirnos a una reinterpretación, también errónea, que las tome ahora como
causa del éxito económico de un país. Lo que el nuevo modelo nos está indicando
es que las MIPYMES pueden ser consideradas como una característica de las economías
exitosas, pero no necesariamente como una causa exógena de ellas (Beck,
Demirgüç-Kunt, & Lavine, 2005).
Lo mismo puede ser dicho
respecto del tamaño del sector, su aumento es factible de ser interpretado como
carácter de éxito económico, pero no así como causa del mismo (Ayyagari, Beck,
& Demirgüç- Kunt, 2007); lo que implica que la multiplicación de empresas
de menor tamaño no es una política que por sí conlleve al desarrollo; pero sí
dice que las políticas que conduzcan al desarrollo, eventualmente, harán
incrementar el tamaño del sector MIPYME.
Sobre el estudio
de las MIPYMES y sus desafíos
El interés por el
desarrollo del sector y las explicaciones acerca de su surgimiento y tamaño han
despertado una gran cantidad de trabajos y análisis en distintas direcciones y
diversos fundamentos y enfoques; desde aquellos que analizan sub-sectores al
interior de los países, hasta los que esbozan cortes transversales a una región
o el Mundo, en un intento por elaborar teorías comprensivas de la MIPYME.
A la luz de la revisión
de dichos estudios del fenómeno de las MIPYMES, el presente manual recomienda ciertas
precauciones y advertencias sobre las limitaciones de los mismos; cualquier
análisis del sector, especialmente a nivel internacional y más aún comparado,
enfrenta desafíos de tres tipos: estadísticos, de definición y de
clasificación. El presente capítulo tiene por objeto revisar dichas barreras y
proponer soluciones en formato de estándares, a fin de enfrentar el problema en
estudios futuros y posibilitar el desarrollo teórico comparado a nivel general.
La
informalidad del sector
Muy a diferencia de lo
que se planteó en los primeros estudios sobre el sector, las micro, pequeñas y medianas
empresas no son por definición informales[2],
pero sí gran parte de ellas se encuentra en la informalidad; diferencia
conceptual muy importante al momento de establecer los puntos de partida de las
políticas de apoyo y fomento; no estamos hablando de un sector que vive de
dicha informalidad y que se transforma al salir de ella, sino de empresas que
han encontrado –en ciertos casos– un nicho de desarrollo en la informalidad
pero que no dejarían de ser MIPYME si salieran de ella.
En los primeros estudios
realizados sobre el fenómeno, en especial los focalizados en Italia, también se
denominó al sector como economía “sumergida”, término que venía a denotar no
tanto la informalidad de las empresas como si su tendencia a operar fuera de
los canales legales de comercio, contraponiéndola con el sector “formal”,
constituido por las grandes industrias. Así, se caracterizaba al sector MIPYME
como “empresas pequeñas y artesanales, las cuales no siempre utilizan los
canales formales del mercado, y que aprovecha la abundancia relativa de
recursos, particularmente en el mercado del trabajo” (CEPAL, 1988, pág. 61). A
fin de probar la relevancia del sector, estos estudios contraponían la
población empleada con la que se encontraba en los registros fiscales,
descubriendo así una amplia proporción, de donde se infería la importancia de
la economía “sumergida”.
La XV Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo de
1993 había definido al sector informal como el conjunto de unidades productivas
que eran explotadas directamente por sus dueños; esto mantenía ciertos sesgos
del paradigma del fordismo, ya que se basaba en la ausencia de división
del trabajo y el capital. “El activo fijo y otros valores no pertenecen a la
empresa en sí, sino a sus propietarios.
Las unidades como tales
no pueden efectuar transacciones o celebrar contratos con otras unidades, ni
contraer obligaciones en su propio nombre. Los propietarios tienen que reunir
los fondos necesarios por su cuenta y riesgo y deben responder personalmente,
de manera ilimitada, de todas las deudas u obligaciones que hayan contraído en
el proceso de producción.” (Organización Internacional de Trabajo, 1993, p. 2) Posteriormente,
estudios como el de Briones (1998) buscaron establecer una diferencia entre el
común de la economía informal –a lo que llamaron el núcleo duro– y las
microempresas; esto era necesario ya que, de lo contrario, se estaba englobando
en una misma categoría a unidades con lógicas económicas muy distintas. Es
necesario continuar en ésta línea a fin de evitar el solapamiento mencionado,
el cual genera distorsiones tanto analíticas como de formulación y análisis de
políticas públicas.
En trabajos más recientes
como el de López (2005) se empieza a hilar más fino y establecer diferencias al
interior de la MIPYME;
de esta forma se enuncia que mientras la mayor parte de las microempresas no cumplen
con las formalidades de registro y autorizaciones, la mayor parte de las
pequeñas y medianas empresas sí lo hacen; aunque no de forma completa ni
constante. Es importante mantener este concepto en mente, ya que las políticas
destinadas a transparentar la situación del sector no pueden enfocarse de igual
manera hacia los tres tipos de empresas, ya que ello devendría en una
asignación ineficiente de recursos y esfuerzos.
Los
acuerdos comerciales y el monitoreo MIPYME
En la actualidad, en los
Tratados de Libre Comercio, se pacta la liberalización de las barreras arancelarias
y el ingreso o egreso de productos de manera más favorable; cambios que afectan
directamente la competitividad de los empresarios MIPYME, tanto de manera
externa, la cual podrá verse favorecida por los nuevos beneficios de que sus
productos contarán en el extranjero; como en su competitividad interna, la cual
podrá ser puesta en juego por la ampliación de la cantidad de productos y
productores que tendrán acceso a la plaza de mercado del país.
En materia estadística,
dichos acuerdos no contemplan mecanismos de monitoreo de la evolución de las MIPYMES,
y estas son rara vez consideradas al momento de negociar los acuerdos, los cuales
se focalizan en el nivel macro y no contemplan generalmente el impacto que
tendrán en los pequeños empresarios; esto se ve reflejado en que “los intereses
de la MIPYME
por lo general, han sido abordados de manera incompleta en los procesos de
negociación” (Figueroa de Santamaría, 2009, pág. 342).
DEFINICION DE
MIPYME
En la presente sección
nos avocaremos a un tópico central en el estudio de las MIPYMES, que es el de
su definición. De la forma en que esto se haga depende en gran parte del
análisis, los resultados y las políticas; es de suma importancia no tomar la
definición del sector de forma ligera, ya que existen serios limitantes y
problemas que se pueden derivar de ella.
Globales y
estáticas
El primer error en que se
suele incurrir debido a una mala definición es intentar un corte transversal
del universo empresarial de todo el planeta; es decir, utilizar una definición
estática para aplicarla a todos los países. El concepto parece estar sustentado
en la idea de que homogeneizando la definición se obtienen datos equiparables
para todos los Estados. Esto es un grave error porque mina el concepto mismo de
micro, pequeña y mediana empresa; y aún hasta el de “sector informal” visto
anteriormente.
Las definiciones
estáticas pueden recoger a la perfección el sentido de la MIPYME en un país determinado,
y pueden, efectivamente, ser válidas para otro de iguales o similares
características; pero, aplicar una misma definición de micro, pequeña o mediana
empresa, es decir que refleje el tamaño de la firma, a China y a cualesquiera
países centroamericano, indefectiblemente conducirá al error de no representar
cabalmente al sector de uno de los dos países, ya sea porque el umbral quede
muy bajo o a la inversa. Esto no necesariamente se debe al grado de desarrollo
de los países, pero sí al tamaño de sus economías y a las dimensiones
poblacionales con las que se cuente, entre otras variables.
Así, estudios como el de
Knight (2000), que revisan el sector PyME a nivel internacional utilizando como
definición el umbral de los 500 empleados, si bien son metodológicamente de muy
buena calidad, pierden rigurosidad científica inmediatamente uno revisa la
definición empleada; debido a que esta medida –500 empleados– está muy por
sobre la utilizada por cualesquiera de los países del istmo centroamericano,
donde por sobre 100 ó 150 empleados se considera como gran empresa. De hecho,
el umbral recomendado por la
Unión Europea para sus Estados Miembro es de 250. Es decir,
se hizo un gran esfuerzo metodológico para un trabajo que no está comparando
efectivamente a los agentes que pretende comparar.
El análisis comparado
repara gran parte de su rigor en las unidades a ser comparadas, para ello se
debe ser cauteloso en la utilización de definiciones generales y estáticas.
El segundo problema se
encuentra cuando se utilizan los datos ofrecidos por los países de acuerdo a
sus propias clasificaciones. Mientras este análisis es mucho más riguroso que
el anterior, y cuenta con muestras nacionales determinadas por los parámetros
de los países, existe un problema de compatibilidad entre las definiciones, ya
que estas se sustentan sobre números [muchas veces arbitrarios] designados por
las legislaciones nacionales de cada Estado y que representan realidades no siempre
comparables. Es decir, la formulación de los umbrales nacionales responde a
necesidades, inquietudes y metas establecidas en los programas de gobierno de
cada país, y que pueden ser diferentes a las de otros Estados, arrojando por
tanto resultados divergentes.
Es por lo anterior que
resulta necesaria la formulación de una definición global dinámica. Global en tanto
que responda a criterios de formulación comparables y metas generales, que
escapen a las lógicas nacionales. Dinámica en tanto debe ser adaptable a las
distintas realidades, permitiendo así reflejar las condiciones del sector en
economías de distintos tamaños.
Incoherencias
internas
Las definiciones de
MIPYMES utilizadas por los distintos países suelen cruzar tres dimensiones: el personal
empleado, los activos de la firma y las ventas brutas anuales. Exigiéndose que
la empresa postulante a la categoría cuente con una cantidad de empleados
comprendida entre dos umbrales –uno de mínima y uno de máxima–, y lo mismo para
el caso de sus activos y ventas brutas; es conveniente acotar que definiciones
como la de la Unión
Europea plantean una relación entre activos y ventas brutas donde
la empresa deberá de cumplir solo con uno de los dos, aquel que le resulte más
conveniente.
El conflicto interno se
da cuando las empresas tienden a cumplir con uno de los criterios pero no con
el otro, esto quiere decir que existe un problema de coherencia interna de la
definición, defecto que puede conducir a conclusiones erradas o, como se
ejemplifica en el trabajo de Moen (1999), a resultados distintos, de acuerdo a
si cruzamos los datos con el número de empleados o con las ganancias. En dicho
caso, el estudio resultaba en que las micro empresas no eran menos competitivas
que las pequeñas y medianas en tanto se utilizase el número de empleados como
clasificador, pero si se definían los umbrales a través de las ventas anuales,
las microempresas figuraban como menos competitivas.
Dos puntos se desprenden
de dicho análisis y son complementarios; el primero resalta que es necesaria una
revisión de la desviación que existe entre los distintos criterios, a fin de
formular definiciones que recojan de mejor manera las relaciones existentes
entre empleados y ganancias brutas o activos. Pero a la vez, es necesario
comprender que los umbrales son demarcaciones de valores máximos, establecidos en
conjunto y que siempre existirán diferencias; por lo tanto es importante hacer
análisis sin desagregar las definiciones –exceptuando el caso en que la
inconsistencia interna sea demasiado importante– a fin de tomarlas como un todo
y no como la sumatoria de sus partes.
Abusos de
la categoría
Las definiciones, y los
modos en que estas son construidas y aplicadas son de suma importancia al momento
de formular políticas públicas de apoyo al sector, donde se debe evitar que se
pierda el objetivo y el recurso sea mal aprovechado por grandes empresas que
encuentren la forma de engañar al sistema a través de manipulaciones
terminológicas o la forma de contar empleados o reportar ganancias. Es en esta
dirección que la Unión
Europea formuló recomendaciones sobre la manera de analizar
las relaciones entre empresas y estableció una serie de salvaguardas para
evitar abusos.
Así, existen tres
categorías para contabilizar a los empleados y activos y ventas de una empresa;
en el primer caso la empresa es autónoma, no siendo propietaria de ninguna otra
empresa, o siéndolo en menos de un 25% de aquella; a la vez que se pide que
ninguna empresa sea propietaria de la primera, o lo sea en menos de un 25%; en
este caso, se contabilizarán los empleados y activos y ventas como si la empresa
fuese una sola.
En el segundo caso, la
empresa es propietaria de más del 25%, pero menos del 50% de una segunda empresa
–o una segunda empresa es propietaria de más del 25% pero menos del 50% de la
primera– en dicho caso se considerarán tantos empleados como porcentaje se
tenga de la otra empresa.
Una tercera variante es
que la empresa está “ligada” con otra, siendo propietaria de más del 50% de aquella,
o a la inversa, caso en el cual ambas empresas se contabilizarán como una sola.
De esta forma se buscó
evitar la fragmentación de grandes empresas en dos empresas medianas o pequeñas,
bajo una misma propiedad, y con la intención de acaparar beneficios que tenían
por destino a empresarios realmente pertenecientes al sector MIPYME.
El otro punto fundamental
es establecer el criterio según el cual se contabilizarán a los empleados, en especial
para los casos de los que se encuentran trabajando medio tiempo, el personal de
licencia y los aprendices o practicantes. En el caso de los primeros se
recomienda la contabilización como medio empleado por cada trabajado que se
desarrolle actividades por menos de cuatro (4) horas, pero las fracciones se
elevarán a números enteros (si una empresa contabiliza a todos sus trabajadores
de tiempo completo y medio tiempo y resulta en poseer 9.5 trabajadores, se
considerarán como 10).
En relación con aquellos
que se encuentren de licencia, si la misma goza de haberes, serán considerados como
trabajadores, a menos que la empresa demuestre que debió contratar a otro
empleado para cubrir dicho puesto, y que éste si está siendo tenido en cuenta.
Finalmente, los aprendices y practicantes no deben ser contados entre los
empleados, a fin de no desincentivar la trasmisión de conocimiento.
Estas definiciones
legales de la Unión
Europea no deben ser consideradas necesariamente como las mejores,
pero sí como buenos ejemplos a seguir en la búsqueda de asegurar que los
beneficios sean recibidos por quienes son sus verdaderos destinatarios
propuestos, y no por grandes empresas que logran disfrazarse tras un velo de
MIPYME; lo mismo a la inversa.
Las
condicionantes en un mercado común
Si la definición de las
MIPYMES es importante para los estudios y el análisis estadístico internacional
comparado, lo es más aún para los países involucrados en un estadio superior de
integración económica, especialmente a partir de la conformación de un mercado
común15. Esto debido a que dentro de dicho estadio existe una libre movilidad
de bienes, servicios y factores productivos, lo que hace que MIPYMES nacidas en
un territorio puedan desplazarse a otro; a fin de evitar distorsiones
competitivas (Comisión Europea, 2005) es importante estandarizar la definición.
Es necesario no solo que
los beneficios e incentivos económicos sean transversales y equiparables entre los
distintos Estados Miembro del proceso de integración; pero también que estén
basados en definiciones compartidas, a fin de que una misma empresa no pueda
ser clasificada de forma distinta en cada país, y por tanto goce de deberes y
derechos distintos.
A fin de lograr la
mencionada armonización, no es imperativa la facultad supranacional del proceso
de integración para imponer una definición a los Estados Miembro, pero sí que
pueda realizar las investigaciones pertinentes a fin de recomendar a estos una
definición comunitaria; y que los países cuenten con la posibilidad técnica y
legal, y la voluntad política, para acoger dicha recomendación como propia e
internalizarla en la reglamentación nacional.
Es importante notar que
una armonización no puede ser formulada, en países de tamaños poblacionales y
económicos distintos, a través de una normativa estática; se plantean entonces
tres alternativas: en la primera se rigidiza la movilidad de los factores al
interior del mercado común, lo cual minaría parte de la ventaja del proceso de
integración. En segundo lugar se puede establecer una definición dinámica que recoja
las variantes de los países bajo el concepto de que las diferencias propias de
cada sistema nacional harán de contrapeso a las distintas variantes de la
definición. Por último puede equipararse una misma definición, arriesgando a
perjudicar o beneficiar a los sectores de algunos países, hasta que la situación
económica interna del mercado común sea equiparada.
Aproximaciones
en la literatura
El desafío aquí recogido
no es nuevo en los estudios sobre el sector MIPYME, y a lo largo de la
literatura ha habido ciertos acercamientos a una definición que solucione estos
inconvenientes, no obstante, en su mayoría han fracasado en superar las
barreras expuestas; si bien se han enfocado a lograr una definición que elimine
las distorsiones nacionales, han caído en caracterizaciones estáticas que poco sirven
para un análisis comparado sensible a las distintas realidades nacionales.
En primer lugar
encontramos definiciones formuladas ad hoc, a fin de resolver problemas puntuales para investigaciones dadas. Dicho
tipo de formulaciones ha contaminado importantes estudios, como el de Briones
(1998), en los cuales se utilizan números elegidos de forma arbitraria, que
pone en duda la rigurosidad de los resultados; y caracterizaciones difusas, que
no dejan ver claramente el criterio de clasificación16; y que en última
instancia hacen del estudio algo cerrado que no permite su comparación con
otros análisis, a la vez que limita el seguimiento del mismo.
El segundo caso,
internacionalmente difundido, es el criterio de los 250 empleados17, umbral con
el que se pretende establecer un corte transversal y de características
universales, a fin de determinar el máximo de empleados con los que pueden
contar una MIPYME. Esta clasificación, utilizada por ejemplo en la Unión Europea pero
también en otros estudios de comparación, no cuenta con ningún fundamento de aplicación
–como ya hemos enunciado– en países como los centroamericanos.
Existen luego
definiciones institucionales, donde destacan la del Fondo Monetario
Internacional, la del Banco Mundial y la de la Organización
Internacional del Trabajo; ésta última utiliza el criterio de
empleo y define como microempresa a aquella con hasta cinco (5) empleados,
pequeña empresa a la que tenga desde seis (6) hasta veinte (20) empleados, y
mediana y gran empresa a la que tenga más de veintiún (21) personas empleadas.
La del Banco Mundial se
enmarca entre las definiciones globales estáticas, considerando como microempresas
a las que cuenten con un máximo de 10 empleados, activos por menos de 10.000 dólares
y ganancias anuales menores a 100.000 dólares; pequeñas empresas serán aquellas
con menos de 50 empleados y activos o ventas anuales inferiores a los 3
millones de dólares; finalmente las medianas empresas serán las que tengan
menos de 300 empleados y cuyos activos o ganancias anuales no superen los 15
millones de dólares (Ayyagari, Beck, & Demirgüç-Kunt, 2007). Nuevamente nos
enfrentamos aquí a una definición que no es sensible a las distintas realidades
nacionales.
Por su parte, la del FMI
busca aproximarse a una definición dinámica al establecer dos criterios cualitativos
de clasificación en lugar de meros números taxativos; de esta forma, de acuerdo
al primer criterio, se considera como MIPYME a aquellas empresas donde exista
una relación directa entre propiedad y gestión, volviendo, en cierta medida, al
criterio de la XV
Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, pero
tomándolo ahora como propio de la
MIPYME y no del sector informal. El segundo criterio es la
responsabilidad del propietario en todo lo que concierne a las decisiones relevantes
y conducción de la empresa.
La definición del FMI, a
través de criterios cualitativos, fusiona las características de ser general
pero a la vez dinámica; no obstante, genera un nuevo inconveniente respecto a
la forma de relevar los datos; y no permite distinguir entre micro, pequeña y
mediana empresa al interior del sector, donde requeriremos de una clasificación
extra.
Finalmente entidades
sub-regionales de integración, como el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), han elaborado
fórmulas para articular las distintas definiciones de los Estados miembros. De
tal manera, la Comisión
de Pequeña y Mediana Empresa del Sub-Grupo de Trabajo 7 generó un coeficiente
que se elabora a partir de una relación ponderada de las características de la
empresa con los valores de referencia del MERCOSUR.
Donde Po es el personal ocupado, Pr el personal de referencia, VB las ventas brutas anuales, y Vr las ventas brutas de referencia.
Definición de la MIPYME según nuestro
ordenamiento Jurídico.
De conformidad al arto. 4 de la Ley 645 las PYME: “son todas aquellas micro, pequeñas y medianas empresas, que operan como
persona natural o jurídica, en los diversos sectores de la economía, siendo en
general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrícolas,
pecuarias, comerciales, de exportación, turísticas, artesanales y de servicios,
entre otras”.
Clasificación
Definidos los parámetros
entre los cuales se considerará a una empresa como perteneciente al sector MIPYME,
y una vez diferenciada entre micro, pequeña y mediana, es necesario revisar las
clasificaciones que se efectúan al interior del sector MIPYME. Esto a razón de
permitirnos análisis con mayor diferenciación entre las distintas
características de las empresas, ya que el creciente sector de las MIPYME es heterogéneo
a su interior y la efectividad de las políticas públicas enfocadas a él,
dependerá del grado de conocimiento que se tenga de las discrepancias internas
del sector. A continuación recorreremos las clasificaciones más comúnmente
utilizadas en la literatura y las que cuentan con mayor peso analítico
Según la
Ley 645 se clasificarán como micro, pequeña y mediana empresa
las personas naturales o jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos.
La clasificación de cada MIPYME, en la categoría correspondiente a micro,
pequeña y mediana se hará conforme a los parámetros indicados a continuación:
Variables
|
Micro Empresa
|
Pequeña Empresa
|
Mediana
|
Parámetros
|
|||
Número Total de
Trabajadores |
1–5
|
6–30
|
31–100
|
Activos Totales
(Córdobas) |
Hasta 200.0 miles
|
Hasta 1.5 millones
|
Hasta 6.0
millones |
Ventas Totales
Anuales (Córdobas) |
Hasta 1
millón |
Hasta 9
millones |
Hasta 40
millones |
Autoempleo–empleadoras
La primera división se
relaciona con la forma en que se articulan los vínculos laborales entre trabajo
y capital al interior de la empresa, y propone distinguir entre MIPYMES de
“autoempleo” y “empleadoras”; si quienes son propietarios son a la vez
empleados, y no existe ningún obrero externo contratado, la MIPYME es considerada como
de autoempleo, asimilándola a las economías hogareñas. Si, por el contrario,
existen trabajadores no propietarios, vinculados a la unidad productora,
entonces estamos frente a una empresa empleadora. Sintetizando, el criterio es
si los factores productivos de trabajo y capital están o no en las mismas
manos.
Propiedad del capital
La segunda clasificación
observa la relación que existe entre la dirección de la empresa y el capital
que la compone. De esta forma nos encontraremos ante MIPYMES cuyo propietario
es a la vez director de la empresa. Esta clasificación busca remediar trabas
conceptuales de definiciones cualitativas como la del Fondo Monetario
Internacional, en aquella, se establece que debe existir una relación directa
entre propiedad y gestión; si esto fuera siempre así, nos encontraríamos con la
imposibilidad de inversiones en MIPYMES, lo cual limitaría el margen de
maniobra de las políticas de promoción del sector.
Una aproximación generalmente
más aceptada a la clasificación por propiedad del capital la hace el Sistema de
Cuentas Nacionales (Naciones Unidas y Otros, 1993), el cual separa entre sociedades y empresas de hogares bajo el concepto de que “una empresa no constituida en
sociedad que es propiedad en su totalidad de uno o más miembros del mismo hogar
se trata como parte integrante de ese hogar y no como una unidad institucional
separada” (pág. 87); a su vez, “Si una empresa no constituida en sociedad llega
a ser más separable financieramente de su propietario y adquiere las características
de una cuasisociedad, dicha empresa y sus activos y pasivos se trasladan desde
el sector de los hogares al sector de las sociedades no financieras; estos
movimientos de los activos y pasivos se consideran otros flujos pertenecientes
a esta categoría” (pág. 77).
Establecimiento
Una tercera clasificación
se traza desde la operación o no en una base física establecida, es decir un
local comercial. El problema surgió en estudios como el de Salazar (2008)
respecto de las MIPYMES en la zona norte de El Salvador; el investigador
encontró allí una importante barrera en la definición del sector de acuerdo al
censo económico llevado a cabo por el país, el cual exigía que las empresas
contasen con un local, a fin de ser consideradas como tales. Esto dejaba fuera
del universo a explorar, a todo el comercio ambulante y a la gran mayoría de
las empresas hogareñas21, sub-sectores ambos que componen la mayor parte de las
microempresas.
Urbana–rural
Esta cuarta
clasificación, que pareciera ser obvia, responde no a meros criterios
geográficos o de actividades; Parra Escobar (2000), en su estudio de la
microempresa rural, establece que ésta cuenta con lógicas empresariales
distintas y con dificultades operacionales que no son las mismas que enfrentan
las urbanas; lo que la convierte en un fenómeno que, si bien comparte
características, se diferencia en sus necesidades y modos de operación.
Es por lo tanto necesario
separar ambos tipos de empresas, a fin de poder implementar políticas de fomento
y apoyo que asistan al empresariado en aquello que realmente necesita, que no
pareciera ser lo mismo en la ciudad que en el campo, optimizando recursos a fin
de maximizar los beneficios y reducir los esfuerzos en áreas no necesarias.
Formal–informal
El grado de formalidad
del emprendimiento es fundamental y constituye una variable transversal que corta
todas las definiciones y clasificaciones de manera horizontal. Su importancia
radica en diversos puntos, en primer lugar suele ser un buen indicador del
rendimiento productivo de la empresa y la situación económica que enfrenta;
esto debido a que la teoría de la
MIPYME establece que estas se mantendrán dentro del sector
informal en tanto el costo de la formalidad sea mayor a las ganancias, implicando
la imposibilidad de abandonar el sector informal debido a que lo mismo
constituiría el quiebre de la firma. En muchos casos, sucede también, que por
falta de conocimiento o de información pública, las microempresas no son
conscientes de los beneficios de la formalización, y pudiendo asumir su costo,
decidan permanecer en la informalidad; en estas situaciones es la difusión de
beneficios desde el sector público la que está fallando.
En segundo lugar, el
grado de formalidad de la empresa es importantísimo al momento en que esta enfrenta
la necesidad de financiamiento; las firmas que no se encuentran formalizadas no
podrán acceder, en principio, a los créditos bancarios tradicionales22, y
recurrirán, más probablemente, a los prestamistas, los créditos de consumo en
financieras o bancos comerciales internacionales, o en los mejores casos, a
instituciones de microfinanzas en alguna de sus modalidades (metodología
grupal, individual o banca colectiva, entre las principales).
Estas instituciones
microfinancieras suelen dividirse en dos clases, las cooperativas de ahorro y
crédito (CAC) por un lado, y las organizaciones no gubernamentales (ONG)
dedicadas al microfinanciamiento, por el otro. Una de las mayores dificultades
que se presenta en países como Nicaragua, es que este sector financiero no se
encuentra regulado (FIDEG, 2008).
Orientación e intensidad
productiva
Las clasificaciones
anteriores apuntan a las características organizacionales o constitutivas de
las empresas, existen luego tipificaciones orientadas a las actividades
realizadas por las unidades productivas; de estas se cuenta con largos listados
descriptivos, no obstante hay dos características generales que valen ser
mencionados en el presente recorrido.
Una clasificación importante
es sobre las actividades realizadas por la MIPYME, de acuerdo a su uso intensivo de
factores; de esta forma, una empresa, puede ser intensiva en: conocimiento,
recursos naturales, trabajo, ó capital; siendo dichas categorías no excluyentes
entre sí de manera taxativa. Esta herramienta de análisis es muy importante a
los momentos de desarrollar políticas de apoyo al sector ya que arroja luz
sobre las áreas donde la MIPYME
del país (o región) son más fuertes y dónde requieren de más ayuda. Así, de poco
servirán políticas de promoción de bajos costos en los insumos, si es que las MIPYMES
se especializan en productos cuya intensidad recae en el conocimiento; y de la
misma forma, políticas de desarrollo de capacidades, que siempre son
importantes, tendrán menos efecto en sectores donde las necesidades sean
financieras.
Determinantes del tamaño
Si existe una
interrogante que haya acompañado a las MIPYMES desde los comienzos de sus investigaciones
hasta nuestros días es el por qué de su tamaño. En respuesta a dicha inquietud,
lo estudios sobre el sector han esbozado una lista de teorías explicativas
entre las que destacan la tecnología, los costos de transacción, el mercado, y
el ciclo de vida.
Tecnología
Este ha sido el enfoque
predominante en el análisis previo a la década de los noventa, y se enfoca en que
el tamaño de la empresa, en un marco de equilibrio competitivo, va a ser
determinado por el punto de eficiencia en la reducción de los costos fijos a
largo plazo (Baumol, Panzar, & Willig, 1982).
Costos de transacción
Es la aplicación de la
teoría del institucionalismo, a las micro, pequeñas y medianas empresas. Se define como “costos de transacción” a los
determinantes del medio en que se desenvuelven las empresas; es decir que
unidades productivas de iguales características van a tener tamaños distintos
en economías diferentes, de acuerdo a los costos de transacción e
internalización de estos países (Di Tommaso & Dubbini, 2000).
El mercado
En las dos teorías
precedentes, la explicación del tamaño de las empresas está dada sobre
principios de eficiencia; en contraposición, aquí se plantea que el mercado es
imperfecto y que el tamaño de cada una de las firmas va a tener directa
relación con la distribución de poder y el rol que le toca jugar a cada una de
ellas dentro del mercado y su estructura de competencia; y nada se dice sobre
la eficiencia de producción.
“Al introducir
diferenciaciones de costos, gustos y productos, la cuota de mercado de una
firma ya no depende de la estrategia de precios sino del segmento del mercado
al cual es funcional”25 (Di Tommaso & Dubbini, 2000, pág. 10).
Otra vertiente que
también explica el tamaño de las firmas desde la óptica del mercado lo hace con
hincapié en la flexibilidad de estas para generar productos en mercados de
tamaños reducidos, donde la economía de escala sería imposible ya que la
producción eficiente a niveles mínimos no es suficiente para hacer subsistir a
las grandes empresas, y por ello queda lugar para las MIPYMES, que surgen a fin
de suplir una demanda no satisfecha de
productos.
“Ciclo de vida” de las empresas
Finalmente se proponen
formas de analizar el proceso dinámico de competencia, como la teoría del ciclo
de vida de Marshall, o la evolutiva de Schumpeter. Se reduce el tamaño de la
empresa a su edad y crecimiento; planteando que la principal fuente de
innovación y éxito es la investigación y desarrollo, área en que las empresas
grandes y mejor establecidas corren con ventaja.
Las empresas ingresan al
mundo como firmas pequeñas, y a través del aprendizaje van creciendo y evolucionando
en el ciclo de vida, con lo que logran mayor estabilidad, lo que les permite
invertir más en investigación y desarrollo, produciendo una constante
innovación. Esto ha sido rebatido por algunos estudios que plantean, de acuerdo
a datos empíricos, que las ventajas que debieran acompañar a las grandes
empresas, como el mayor autofinanciamiento y el apalancamiento, no se ven
reflejadas en la realidad.
Órganos Rectores
MIFIC. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
El Órgano Rector de la Ley es el Ministerio de
Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).
Además de sus atribuciones propias consignadas en la Ley No. 290, "Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" y su
Reglamento, el MIFIC tendrá las siguientes funciones:
1. Evaluar y regular los programas, normas y políticas de promoción y fomento de las MIPYME, dentro del marco de su competencia, con énfasis en la aplicación de soluciones referidas a los obstáculos más relevantes en su desarrollo. Así mismo, dar seguimiento a dichos programas;
2. Establecer la coordinación con las instituciones del sector público y privado, para desarrollar la efectividad de los programas de fomento y desarrollo de las MIPYME;
3. Organizar los sectores productivos en correspondencia con la estrategia institucional del MIFIC que incluya la conformación de las comisiones sectoriales como instancia de consulta y concertación;
4. Promover el desarrollo de las organizaciones empresariales, la asociatividad y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y privadas de apoyo a este sector;
5. Establecer mecanismos de flexibilización, simplificación y descentralización operativa que faciliten la creación, gestión y operación de las MIPYME;
6. Desarrollar el Sistema Integrado de Información de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (SII-MIPYME), y sus estadísticas;
7. Proponer en coordinación con el Instituto Nicaragüense de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (INPYME), el Ministerio de Educación (MED), el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), las Universidades y otras Instituciones del Sector Educativo Público y Privado, la adecuación de los programas de educación de conformidad a las necesidades de desarrollo empresarial de las MIPYME;
8. Promover la creación de parques industriales, parques tecnológicos, centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, programas de creación de empresas y centros de desarrollo productivo, que conlleven la masificación y unificación de las MIPYME;
9. Promover el crecimiento, diversificación y consolidación, de las exportaciones, implementando estrategias de mercado y de oferta exportable;
10. Analizar el entorno económico, político y social, así como el impacto sobre las MIPYME y la capacidad de dinamizar la competitividad de éstas en los mercados de bienes y servicios y adecuarlos conforme al objetivo de esta Ley;
11. Promover la formulación, ejecución y evaluación de Programas y Políticas Públicas favorables para que las MIPYME consoliden, mejoren e incrementen su competitividad;
12. Apoyar a las MIPYME ubicadas en áreas de economía campesina, estimulando la creación y fortalecimiento de empresas y empresarios rurales, propiciando la agregación de valor a la actividad económica del agro;
13. El MIFIC, será el órgano encargado de fomentar la organización de los Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, la integración y funcionalidad de éstos y todo aquello que conduzcan a fortalecer y desarrollar a las MIPYME de acuerdo a esta Ley, deberá ser establecido en el Reglamento de la presente Ley; y
14. Formular políticas para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.
1. Evaluar y regular los programas, normas y políticas de promoción y fomento de las MIPYME, dentro del marco de su competencia, con énfasis en la aplicación de soluciones referidas a los obstáculos más relevantes en su desarrollo. Así mismo, dar seguimiento a dichos programas;
2. Establecer la coordinación con las instituciones del sector público y privado, para desarrollar la efectividad de los programas de fomento y desarrollo de las MIPYME;
3. Organizar los sectores productivos en correspondencia con la estrategia institucional del MIFIC que incluya la conformación de las comisiones sectoriales como instancia de consulta y concertación;
4. Promover el desarrollo de las organizaciones empresariales, la asociatividad y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y privadas de apoyo a este sector;
5. Establecer mecanismos de flexibilización, simplificación y descentralización operativa que faciliten la creación, gestión y operación de las MIPYME;
6. Desarrollar el Sistema Integrado de Información de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (SII-MIPYME), y sus estadísticas;
7. Proponer en coordinación con el Instituto Nicaragüense de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (INPYME), el Ministerio de Educación (MED), el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), las Universidades y otras Instituciones del Sector Educativo Público y Privado, la adecuación de los programas de educación de conformidad a las necesidades de desarrollo empresarial de las MIPYME;
8. Promover la creación de parques industriales, parques tecnológicos, centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, programas de creación de empresas y centros de desarrollo productivo, que conlleven la masificación y unificación de las MIPYME;
9. Promover el crecimiento, diversificación y consolidación, de las exportaciones, implementando estrategias de mercado y de oferta exportable;
10. Analizar el entorno económico, político y social, así como el impacto sobre las MIPYME y la capacidad de dinamizar la competitividad de éstas en los mercados de bienes y servicios y adecuarlos conforme al objetivo de esta Ley;
11. Promover la formulación, ejecución y evaluación de Programas y Políticas Públicas favorables para que las MIPYME consoliden, mejoren e incrementen su competitividad;
12. Apoyar a las MIPYME ubicadas en áreas de economía campesina, estimulando la creación y fortalecimiento de empresas y empresarios rurales, propiciando la agregación de valor a la actividad económica del agro;
13. El MIFIC, será el órgano encargado de fomentar la organización de los Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, la integración y funcionalidad de éstos y todo aquello que conduzcan a fortalecer y desarrollar a las MIPYME de acuerdo a esta Ley, deberá ser establecido en el Reglamento de la presente Ley; y
14. Formular políticas para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.
INPYME. Instituto Nicaragüense de la
Pequeña y Mediana Empresa.
El INPYME además de las atribuciones establecidas
en la Ley No.
290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder
Ejecutivo", su Reglamento y sus Reformas y el Arto. 6 del Decreto 6-94,
tendrá las siguientes atribuciones:
1. Elaborar los estudios técnicos necesarios para la formulación y aplicación de programas y proyectos;
2. Realizar anualmente encuentros nacionales o regionales de las MIPYME;
3. Celebrar convenios de cooperación con las autoridades administrativas a nivel nacional, entes descentralizados, desconcentrados, reguladores y gobiernos regionales, municipales y gremios empresariales, atendiendo las necesidades, características y vocación empresarial de cada territorio;
4. Prestar servicios de información, orientación y diagnóstico empresarial para evaluar la posición competitiva de las empresas, identificando sus áreas de oportunidad y las rutas alternativas para elevar la productividad y rentabilidad de los negocios;
5. Formular y administrar el Programa de Desarrollo a las MIPYME (PROMIPYME);
6. Procurar la formalización y constitución legal de las MIPYME del sector informal existente y promover el nacimiento de nuevas empresas mediante la implementación de creación de empresas;
7. Proporcionar a la micro, pequeña y mediana empresa servicios de consultoría y asesoría, que le permitan mantenerse en un mercado altamente competitivo;
8. Capacitar a profesionales y técnicos, (consultores individuales y demás oferentes del Servicio de Desarrollo Empresarial), en las áreas funcionales empresariales incluyendo aspectos técnicos productivos para la atención a la micro, pequeña y mediana empresa;
9. Promover y fortalecer la cooperación y asociatividad inter empresarial a nivel nacional, Gobiernos de las Regiones Autónomas y Gobiernos Municipales, así como de sectores y cadenas productivas;
10. Promover la equidad de género para el acceso de oportunidades para la micro, pequeña y mediana empresa;
11. Implementar buenas prácticas que permitan un buen manejo de los sistemas de protección del ambiente;
12. Promover la responsabilidad social empresarial; y
13. Apoyar a empresarios emprendedores para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.
1. Elaborar los estudios técnicos necesarios para la formulación y aplicación de programas y proyectos;
2. Realizar anualmente encuentros nacionales o regionales de las MIPYME;
3. Celebrar convenios de cooperación con las autoridades administrativas a nivel nacional, entes descentralizados, desconcentrados, reguladores y gobiernos regionales, municipales y gremios empresariales, atendiendo las necesidades, características y vocación empresarial de cada territorio;
4. Prestar servicios de información, orientación y diagnóstico empresarial para evaluar la posición competitiva de las empresas, identificando sus áreas de oportunidad y las rutas alternativas para elevar la productividad y rentabilidad de los negocios;
5. Formular y administrar el Programa de Desarrollo a las MIPYME (PROMIPYME);
6. Procurar la formalización y constitución legal de las MIPYME del sector informal existente y promover el nacimiento de nuevas empresas mediante la implementación de creación de empresas;
7. Proporcionar a la micro, pequeña y mediana empresa servicios de consultoría y asesoría, que le permitan mantenerse en un mercado altamente competitivo;
8. Capacitar a profesionales y técnicos, (consultores individuales y demás oferentes del Servicio de Desarrollo Empresarial), en las áreas funcionales empresariales incluyendo aspectos técnicos productivos para la atención a la micro, pequeña y mediana empresa;
9. Promover y fortalecer la cooperación y asociatividad inter empresarial a nivel nacional, Gobiernos de las Regiones Autónomas y Gobiernos Municipales, así como de sectores y cadenas productivas;
10. Promover la equidad de género para el acceso de oportunidades para la micro, pequeña y mediana empresa;
11. Implementar buenas prácticas que permitan un buen manejo de los sistemas de protección del ambiente;
12. Promover la responsabilidad social empresarial; y
13. Apoyar a empresarios emprendedores para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.
Consejo Nacional de la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CONAMIPYME),
Es una instancia de
consulta, concertación y consenso entre el Gobierno Central, los Gobiernos
Municipales, los Gobiernos de las Regiones Autónomas y el sector gremial de la MIPYME, para determinar las
prioridades nacionales, que son expresadas en políticas, programas y acciones
dirigidas a la promoción y al fomento del sector.
Consejos Regionales y
Departamentales MIPYME.
Se crean los
Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, como expresiones territoriales,
de consulta, concertación, consenso y gestión, los que estarán integrados por
representantes de las expresiones territoriales del Sector Público y Privado,
así como Organismos Gremiales y Organismos No Gubernamentales que trabajen en
el fomento y desarrollo de las MIPYME en cada territorio.
EL PROMIPYME. Programa Nacional Multi-anual de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa
Es un programa
permanente e integral de desarrollo a las MIPYME nicaragüenses, cuyo propósito es
elevar y consolidar la competitividad, así como integrar en igualdad de
condiciones, en el mercado nacional e internacional, a las MIPYME.
Fondo de Financiamiento para
el Fomento y Promoción
Está dirigido a
promover y mejorar la capacidad de gestión y competitividad de las micro,
pequeñas y medianas empresas nicaragüenses con el objetivo de financiar los
componentes, acciones y actividades derivadas del Programa. Este fondo estará
integrado por recursos provenientes del Presupuesto General de la República y de fuentes
de financiamiento alternas y complementarias vinculadas a la cooperación
internacional y sector privado.
SERVICIOS
MULTISECTORIALES BRINDADOS POR EL ESTADO.
Acciones
Educativas de Capacitación y Asistencia Técnica para MIPYME y de Creación de
Empresas. El MIFIC impulsará con el apoyo del Ministerio de
Educación, el INATEC, las Universidades públicas y privadas e Institutos
tecnológicos, públicos o privados, acuerdos de cooperación mutua para el
establecimiento de estudios a nivel de diplomados, programas de educación no
formal, programas de extensión y cátedras abiertas especiales para las MIPYME,
que incentiven la iniciativa empresarial de conformidad con las necesidades de
desarrollo del país.
Modernización
Tecnológica. El Estado a través del órgano rector de la presente
Ley, deberá impulsar la modernización tecnológica de las MIPYME y el desarrollo
del mercado de servicios tecnológicos como elementos de soporte de un sistema
nacional de innovación continua que permitan el progreso permanente y el
incremento de la competitividad productiva.
Servicios Tecnológicos. El Estado, a través del órgano rector de la presente Ley, deberá promover la inversión en investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como la inversión en formación y entrenamiento de sus recursos humanos, orientadas a dar igualdad de oportunidades de acceso a la tecnología y el conocimiento, con el fin de incrementar la productividad, la mejora de la calidad de los procesos productivos y productos, la integración de las cadenas productivas y la competitividad de los productos.
Por medio de la concertación de acuerdos en coordinación con el sector privado, las universidades públicas, privadas y el Estado promoverán la investigación e innovación tecnológica.
Oferta de Servicios Tecnológicos. El Estado, a través del órgano rector de la presente Ley es responsable de la promoción integral de la oferta de bienes y servicios tecnológicos orientada a las necesidades de las MIPYME, incluyendo capacitación, desarrollo empresarial, asistencia técnica, investigación, información, asesoría, consultoría, los servicios de laboratorio y proyectos piloto.
FINANCIAMIENTO
El órgano rector,
en coordinación con el INPYME, el Banco Central, Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y
el Sistema Financiero Nacional promoverá la implementación de políticas que
faciliten el acceso al crédito y otras fuentes de capital, a favor de la MIPYME establecida y los
nuevos emprendimientos.
El Gobierno de Nicaragua podrá gestionar y administrar fondos para proveer financiamientos para las inversiones que requieran las MIPYME, tanto en forma de financiamiento reembolsable, como no reembolsable.
El Estado, a
través del órgano rector de la presente Ley, promoverá el acceso al crédito y a
otras fuentes de capital, por medio de la creación de instrumentos financieros
y bancarios, de sistemas de garantías, fideicomisos, descuentos y reducción de
riesgos, que sean orientados a las micro, pequeña y mediana empresa, de acuerdo
con las leyes que rigen la materia.
Así mismo el Estado, en coordinación con el sistema bancario nacional, promoverá de manera integral el financiamiento, diversificando, descentralizando e incrementando la cobertura de la oferta de servicios de los mercados financieros y de capitales en beneficio de las MIPYME, garantizando la democratización del crédito y así facilitar el acceso del mismo a los empresarios de MIPYME. La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, debe normar todo lo concerniente a la creación del crédito a las MIPYME.
PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CAPACIDAD
COMERCIALIZADORA DE LAS MIPYME
Fortalecimiento de la Comercialización. El Estado a través del órgano rector de la presente Ley procurará
fortalecer la comercialización en los mercados nacionales y extranjeros. En
cumplimiento de lo anterior, se promoverán las siguientes acciones:
1. Fortalecer los encadenamientos productivos y las alianzas estratégicas, focalizando las MIPYME con altos rendimientos más productivos;
2. Organizar ferias locales, nacionales e internacionales, al menos dos veces al año, disponiendo de locales apropiados para exhibición e información permanentes;
Las MIPYME deberán impulsar, con el apoyo del Estado y del Sector Privado, un Parque de Ferias para comercializar sus productos;
3. Promover enlaces productivos entre las MIPYME, y la gran empresa incluyendo empresas de zonas francas;
4. Promover los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en las MIPYME; y
5. Otras actividades similares que logren la dinamización de los niveles productivos, en beneficio de las MIPYME.
1. Fortalecer los encadenamientos productivos y las alianzas estratégicas, focalizando las MIPYME con altos rendimientos más productivos;
2. Organizar ferias locales, nacionales e internacionales, al menos dos veces al año, disponiendo de locales apropiados para exhibición e información permanentes;
Las MIPYME deberán impulsar, con el apoyo del Estado y del Sector Privado, un Parque de Ferias para comercializar sus productos;
3. Promover enlaces productivos entre las MIPYME, y la gran empresa incluyendo empresas de zonas francas;
4. Promover los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en las MIPYME; y
5. Otras actividades similares que logren la dinamización de los niveles productivos, en beneficio de las MIPYME.
Promoción de la
Comercialización.
El MIFIC, los
Gobiernos Regionales y Municipales, deben promover la logística,
comercialización y elaboración de planes de desarrollo nacional para la
organización de ferias y otras actividades de fácil acceso que logren la
promoción y desarrollo de los mercados y de los productos en sus territorios,
en beneficio de las MIPYME, agropecuarios y no agropecuarios.
La garantía de la libre competencia se regirá por lo preceptuado en la Ley No. 601, "Ley de Promoción de la Competencia" y su Reglamento.
Contratación de Bienes y Servicios.
El Estado a
través del órgano rector de la presente Ley, promoverá que las contrataciones
de bienes y servicios sean efectuadas en igualdad de oportunidades entre el
sector empresarial nicaragüense. Optimizando la vinculación e integración de
las MIPYME en el comercio interno y con ello procurar fortalecer la
comercialización de sus productos en el mercado nacional.
Promoción y Fomento de la Capacidad Exportadora
de las MIPYME
Fortalecimiento de la
Exportación
El órgano rector
formulará las políticas necesarias con el objeto de contribuir a la promoción e
inserción de las MIPYME en los mercados internacionales, y promoverá la
participación en los acuerdos de comercio internacional, con el interés de
fortalecer las expectativas de las MIPYME para lograr con éxito las
oportunidades de acceso a mercados extranjeros y la atracción de inversión
extranjera directa ligadas a los Tratados de Libre Comercio.
Para tal fin el Estado realizará las siguientes acciones o
planes:
1. Elaborar un
programa de análisis de calidad y diversificación de productos, que permita
superar las brechas para dar el salto exportador.
2. Facilitar el
acceso a las MIPYME exportadoras a otros componentes del PROMIPYME y programas
derivados, tales como capacitación y asistencia técnica, desarrollo
tecnológico, suministro de materia prima e insumos y reconversión industrial,
entre otros.
3. Proveer asistencia técnica en estudios de mercados y en materia de promoción de productos.
4. Promover la certificación de los contenidos y calidad en los productos de exportación.
Programas de Exportación.
El MIFIC promoverá el crecimiento del número de
MIPYME exportadoras y su oferta exportable, mediante el desarrollo de programas
e incentivos que impulsen una cultura empresarial exportadora, de conformidad a
la legislación nacional.
INCENTIVOS
Los incentivos se
regirán conforme los siguientes criterios:
1. Por la generación de nuevos empleos, que incluya a mujeres, a personas de tercera edad, a personas con discapacidades o capacidades diferentes y a jóvenes rehabilitados socialmente.
2. Por la reinversión de capital provenientes de utilidades.
3. Por la instalación de nuevas industrias de las MIPYME en parques industriales o de reinstalación de empresas de cualquier sector en municipios en situación de pobreza.
4. Por la exportación de productos que integren, al menos, el cincuenta por ciento de materia prima o insumos nacionales.
5. Por la incorporación de alto componente de valor agregado nacional.
6. Por la implementación de medidas de protección al medio ambiente, la biodiversidad y el uso de tecnologías limpias.
7. Por la producción de productos y servicios que sustituyan los importados; y
8. Que sean artesanos que promuevan la cultura nicaragüense.
Para fines de obtención de los incentivos existentes y los que en un futuro se establezcan, se adoptará una normativa uniforme con procedimiento expedito para la obtención de incentivos fiscales y arancelarios, así como un procedimiento para la devolución o reembolso de impuestos, cuando la Ley así lo determine.
a)
Del Registro Único de las
MIPYME y Beneficios
La ley 645 crea el Registro Único de la MIPYME en el MIFIC. Este
registro tiene como objeto primordial identificar y categorizar a las empresas
MIPYME de conformidad con los conceptos, parámetros y criterios establecidos en
la presente Ley.
El Registro Único de la MIPYME tiene como propósito contar con una base de datos suficientemente amplia que permitirá asistir adecuadamente a las MIPYME y que tengan acceso a los incentivos contemplados en las leyes de la materia; emitiendo el certificado de inscripción provisional cuando no estuviese formalizada su inscripción definitiva cuando hubiese cumplido las formalidades que la ley establece. El certificado de inscripción provisional servirá exclusivamente para agilizar los trámites de formalización y de inscripción definitiva.
b)
Infracciones y sanciones
Toda persona
natural o jurídica, o persona natural que dirija o ejecute funciones públicas,
será responsable personalmente por violación de la Ley 645 sin perjuicio de las
acciones penales y civiles que correspondan sobre los siguientes causales:
1. Proporcionar información falsa para la obtención de apoyo, incentivos fiscales o arancelarios;
2. Incumplir con las obligaciones derivadas de la presente Ley, salvo casos fortuitos o de fuerza mayor;
3. Destinar los recursos destinados para la MIPYME a un fin distinto para el cual fueron otorgados.
Sanciones.
Las infracciones a las que se refiere el acápite
anterior serán sancionadas de la siguiente manera:
1. La primera vez con la pérdida o reembolso de los beneficios fiscales o arancelarios que le habían sido otorgados a la MIPYME, así como multa equivalente entre el veinte y cinco y el cincuenta por ciento, sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME.
2. En caso de faltas que se clasifiquen de extraordinarias por la magnitud del perjuicio económico y social causado, se sancionará con multa del cien por ciento sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME, estos ingresos obtenidos en concepto de multas y sanciones serán trasladados al fondo de financiamiento del PROMIPYME.
1. La primera vez con la pérdida o reembolso de los beneficios fiscales o arancelarios que le habían sido otorgados a la MIPYME, así como multa equivalente entre el veinte y cinco y el cincuenta por ciento, sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME.
2. En caso de faltas que se clasifiquen de extraordinarias por la magnitud del perjuicio económico y social causado, se sancionará con multa del cien por ciento sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME, estos ingresos obtenidos en concepto de multas y sanciones serán trasladados al fondo de financiamiento del PROMIPYME.
GUIA DE ESTUDIO Y
ACTIVIDADES
- Explique la importancia de las MIPYMES.
- ¿Cuál es la relación de las MIPYMES con las Grandes Empresas?
- Haga un resumen de no menos diez líneas de la Evolución Histórica de las MIPYMES
- ¿Cómo inciden los Tratados de Libre Comercio en el desarrollo de las MIPYMES
- Defina según la Ley 645 qué es un MIPYME.
- ¿En que consisten las incoherencias internas?
- ¿En qué consisten los abusos de categorías?
- ¿Cuáles son las condicionantes en un mercado común?
- Enumere los organos rectores de la MIPYMES en Nicaragua
- Haga un cuadro sinptico de la clasificación de las MIPYMES
- ¿Cómo adquieren el financiamiento las MIPYMES?
[1] En estudios más recientes se empezó a diferenciar entre las empresas que se
encuentran en la informalidad y las que pertenecen a la economía sumergida,
debido a que las segundad están inmersas en cierta ilegalidad, mientras que las
primeras se encuentran en una situación transitoria no deseada.
[2] Es importante notar aquí que el concepto de informalidad difiere del de
ilegalidad. Una empresa se encuentra en una situación informal cuando, de forma
transitoria, no se encuentra cumpliendo todos los requisitos legales, debido a
que aquello sería incompatible con la subsistencia de la firma. Se resalta el
carácter transitorio de la situación y que se incurre en informalidad debido a
necesidades y no a opciones de los empresarios.
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