lunes, 25 de junio de 2012

DE LAS MIPYME´s





Importancia

Uno de los principales inconvenientes en el análisis del sector MIPYME es que se suele considerar a las empresas en forma individual, enfoque en el que las  empresas aparecen aportando muy poco a la economía. Cabe destacar dos puntos: 1) Hay cierto consenso en que los estudios sobre MIPYMES deben siempre realizarse tomando en cuenta la dimensión completa del sector y su aporte como un todo articulado a la economía, único modo en que se capta de mejor forma el real aporte de las MIPYMES tanto a la economía como a la sociedad; 2) Si se analiza a la MIPYME individualmente, es recomendable priorizar un enfoque que considere la economía comunitaria más que el todo nacional, pues es en el ámbito comunitario donde la misma cuenta con el potencial para realizar su principal aporte, tanto como empleador o como inversor en la comunidad, acumulando así cierto poder colectivo. Esta característica del sector es difícilmente cuantificable, ya que muchos de sus aportes no tienen relación directa con su negocio, bajo una lógica de responsabilidad social empresarial, e inclusive son conducidos por la esposa del propietario de la MIPYME (Spence & Schmidpeter, 2003), de manera independiente con la administración de la firma.

Su relación con las Grandes Empresas

Un error recurrente en algunos trabajos del área, y que conviene resolver, es aquel referido a la asimilación de las MIPYME a las Grandes Empresas (GE´s),, criterio no muy acertado resulta imperante distinguirlas de la teoría de las grandes empresas. Las MIPYMES no son versiones de GEs de menor tamaño, pues su dinámica y organización interna es distinta, así como también su dinámica empresarial, la forma de relacionarse con los agentes económicos, con los proveedores y compradores, e inclusive con los empleados. Las MIPYMES son un fenómeno aparte de las GEs y deben ser estudiadas como tal.

Una de las aproximaciones tradicionales al porqué no pueden ser tratadas como agentes económicos de menor tamaño, es la de Yoguel (1998), quien indica que la principal barrera que diferencia a las MIPYMES de las GEs es que tanto la propiedad como la dirección de las primeras recaen sobre su dueño, lo que las convierte, principalmente, en empresas familiares, cuya interpretación del mundo no es profesional y hace que las decisiones que se toman estén más relacionadas con las visiones del propietario que con estudios y estrategias empresariales sobre el desarrollo de la empresa.

Coviello y Martin (1999), por su parte, agregan que las MIPYMES enfrentan problemas relativos a su tamaño, los mismos que son ajenos a las GEs. Estos se ven reflejados en la imposibilidad de realizar economías de escala al interior de la empresa, reduciendo los costos fijos de producción y/o los precios de los productos finales, a fin de aumentar la competitividad. A lo que se suma que, envueltos en una rauda competencia con las GE, los microempresarios se ven a menudo en la necesidad de vender con bajos márgenes de ganancia por sobre los costos de producción. En la misma línea, Beck, Demirgüç- Kunt y Lavine (2005) resaltan el problema de los costos fijos, que no pueden ser reducidos sin economías de escala.

Es importante notar que las visiones expuestas están sujetas a ciertas limitaciones. Así, el planteamiento de Yoguel, puede ser discutido desde la óptica de las medianas empresas y desde el tipo de definición que se utilice para las MIPYMES. De la misma forma, la imposibilidad de realizar economías de escala o compras al por mayor fue solucionado, desde el ámbito teórico al menos, a través de las Redes y Clúster. No obstante, la teoría sostiene que debe haber una separación conceptual, debido a que las MIPYMES efectivamente responden a una lógica distinta a la de las GEs.

Como ejemplos de dicha distinción se cita: que los microempresarios de economías hogareñas no siempre distinguen entre la contabilidad de su firma y de su hogar, y que el surgimiento de la MIPYME responde mucho más a consecuencias de una crisis económica y horizontes temporales de corto plazo que a un raciocinio empresarial.

Ahora, el separarlas conceptualmente de las grandes empresas genera una nueva discusión, que se centra en cuál es el lugar de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en la economía. Existen estudios que presentan contra argumentos respecto de los beneficios de las MIPYMES. Por ejemplo, entre los principales puntos que se mencionan, se destaca que los trabajos ofrecidos por el sector no son de calidad y no crean expectativas a futuro; y que las firmas del sector no son eficientes para enfrentar las barreras de entrada y salida del ambiente de negocios.

Beck, Demirgüç-Kunt y Lavine (2005) dan luces en relación a que los argumentos en contra del sector se basan en estudios de casos particulares y en un pequeño número de MIPYMES, por lo que no pueden ser considerados como verdaderos análisis sobre el universo del sector; esto, en parte, porque no existe información estadística internacionalmente comparable como para realizar dichas investigaciones, por lo que conclusiones de aquella índole son apresuradas y carecen de fundamento empírico sostenible.

Evolución histórica

Aún dentro del presente concierto de trabajos sobre el tema, la postura según la cual los economistas nunca han prestado demasiada atención al fenómeno continúa estando vigente (Di Tommaso & Dubbini, 2000); no obstante, dicha observación es más afín a las décadas del cincuenta, sesenta y  setenta, en que el enfoque económico predominante (en materia empresarial) era el de la producción en serie, siguiendo aquel modelo de industrialización caracterizado en los Estados Unidos por Henry Ford; así, cualquier forma de organización fabril distinta al fordismo era considerada como ineficiente y por lo tanto excluida del análisis detallado; especialmente por ser considerada ineficiente en la intensidad de utilización de las energías.

“La asociación positiva entre tamaño de la planta y la productividad de la mano de obra en un esquema de uso intensivo de la energía fue el elemento decisivo que justificó el predominio de las firmas grandes en la organización de la producción” (Yoguel, 2005, pág. 94).

A pesar de la poca importancia que los teóricos asignaban al fenómeno de las MIPYMES, éste existía y era constatado en la realidad económica de los países, sin embargo, la teoría económica de las décadas anteriores a los ochenta consideraban a las MIPYMES como signo de sub-desarrollo económico (Kaufmann & Tesfayobannes, 1997), como si las empresas de menor tamaño estuviesen envueltas en  un estadio de crecimiento menor que las grandes empresas, estableciendo con la dimensión de estas una relación directa con la evolución de la economía nacional; por lo tanto, las MIPYMES estaban destinadas a desaparecer una vez que el país se desarrollase, siguiendo el curso natural de la evolución económica.

A mediados de los cincuenta las ventajas de las MIPYMES ya eran bien conocidas. Así se resaltaba el trabajo intensivo en mano de obra, su adaptabilidad, la utilización de factores productivos locales, y reducción de la dependencia de las importaciones (Späth, 1993), como los beneficios más importantes.

Las empresas de menor tamaño no encontraban lugar dentro del sistema de producción en serie, no debido a las características que este requería de los obreros [las cuales eran reducidas] sino a la ausencia de inversión que implicaba la adquisición de los bienes de capital necesarios para llevar a cabo la producción en masa. Esta incompatibilidad jugó desde un principio en contra de considerar a las MIPYMES como un fenómeno plausible de ser incorporado a las economías industrializadas. Tal sesgo se mantuvo hasta la aparición de los conceptos de red y clúster empresarial.

Ya entre los sesenta y setenta existían dos puntos de vista confrontados sobre la realidad del fenómeno, por un lado la postura “tradicional” de la industrialización, que continuaba considerando a la MIPYME como signo de un sub-desarrollo, de un país que se encontraba todavía en etapas previas a la industrialización necesaria para desarrollarse. Pero por otro lado, comenzaba a surgir la noción de que en ellas descansaba la clave para un desarrollo industrial sin los males sociales del fordismo (CEPAL, 1988).

En la misma época se dio un primer giro en torno al estudio de las MIPYMES, y se vio su confrontación con las grandes empresas en términos de “formalidad”; mientras las segundas se encontraban legalmente constituidas, con beneficiosos incentivos gubernamentales, leyes laborales para los empleados y demás; las primeras permanecían sumergidas en la informalidad dada por el carácter “familiar” de la empresa. De esta forma, se solía denominar a la MIPYME como el “sector informal” o la “economía sumergida”[1].

Para mediados de la década de los setenta, y a razón de la mencionada crisis, se produce un segundo giro en el enfoque, ya de características más definitivas, a partir de que la Organización Internacional del Trabajo empieza a recomendar que los países del “tercer mundo” ayuden a las MIPYMES, otorgándoles mayores incentivos y generando políticas de promoción (Organización Internacional del Trabajo, 1972). Entra entonces en el debate público la preocupación por las MIPYMES de forma más definitiva y organizada.

A partir de las crisis de los setenta y ochenta se había puesto en jaque el paradigma vigente y entonces comienza a debatirse el modelo de producción en masa del fordismo en términos del nuevo paradigma, al que se denominó “Especialización Flexible” y que se asentó sobre las bases de estructuras menos rígidas y más adaptables; uno de cuyos puntos de partida fue el estudio de las pequeñas empresas en Italia (Schmitz, 1993).

Pionero en esta área es el libro “The second industrial divide: Possibilities for prosperity” de Piore y Sable (1984), en el cual se establecía que el deterioro de la economía de la época se debía a las limitaciones del modelo de producción en masa y que por ello se debía de cambiar a un modelo más adaptable, lo cual implicaba cambiar el sistema de uno de producción en serie con obreros semicapacitados, a otro más innovador y flexible, compuesto por obreros capacitados y maquinaria fácilmente adaptable a los cambios continuos. Queda claro que tal enfoque se alejaba de las rígidas estructuras acumuladas por la mayoría de las tradicionales grandes empresas de la época.

Ahora, es importante destacar que si bien la especialización flexible ayudó a propulsar a las MIPYMES dentro del escenario económico, economías de pequeña escala y especialización flexible no son  sinónimos. El nuevo paradigma ayudó a las MIPYMES combatiendo al fordismo a favor de una organización con mayor adaptación, lo cual implicaba el reemplazo de estructuras rígidas y costosas de capital instalado; pero esto no necesariamente es un argumento a favor de las firmas de menor tamaño.

Si bien ambos –el nuevo paradigma y las MIPYMES– han tenido un auge simultáneo, esto se debió fundamentalmente a un enemigo común, el fordismo, y no tanto a características compartidas entre ambos. De hecho, es factible la implementación del paradigma de la especialización flexible en grandes empresas, ya que lo que éste indica es una forma de relación, que no tiene necesariamente que ver con el tamaño de la firma; si bien existe una diferencia y es que en las grandes empresas la especialización flexible se da como descentralización interna, mientras que en las pequeñas es la forma en la que éstas se relacionan con otras firmas (Schmitz, 1993), queda claro que no es un paradigma excluyente de las GEs ni centrado en las MIPYMES.

En los ochenta, y con la aparición del mencionado paradigma post-fordista de uso intensivo en información y conocimiento (Yoguel, 2005), se produce un aumento en el interés por las MIPYMES, ahora vistas como agentes de este cambio, debido a que el menor tamaño de estas empresas es considerado como signo de una mayor capacidad de adaptación e innovación.

A lo anterior se sumaba que habían logrado capear la crisis de los ochenta, demostrando una tendencia recesiva menor que la de países como Argentina, al tiempo que creaban empleo9, en parte gracias a su flexibilidad, pero también a la informalidad del sector y su potencial para absorber la fuerza laboral desechada por el sector formal (Späth, 1993); esto contribuyó a que las MIPYMES, antes vistas como sigo negativo de la economía, empezasen a ganar respeto entre los economistas, no por su fortaleza en tiempos ordinarios, sino por su capacidad de subsistencia en época de crisis (Schmitz, 1993).

Esta correlación fue reforzada con estudios10 que propulsaban a la microempresa rural como el instrumento de rescate de la población campesina en situación de pobreza; elevando los ingresos y mejorando la calidad de vida de los habitantes del campo, allí donde las grandes industrias no llegaban, o lo hacían con un esquema productivo que no contribuía al mejoramiento de la situación de la población rural.

A partir de entonces, y bajo el nuevo paradigma, las pequeñas firmas empiezan a ser consideradas como eficientes, flexibles y dinámicas (Späth, 1993), especialmente por países en desarrollo, que necesitaban firmas adaptables que lograsen sobrevivir a los efectos exteriores de las crisis; no obstante, su estudio no prosperó de igual forma, sino hasta que fue tomado por los países industrializados (Schmitz, 1993).

En 1994 el Banco Mundial entrega tres argumentos centrales que apoyaban la política de ayuda hacia el sector PyME: el primero era que favorecían la competencia y el emprendimiento, aumentando los beneficios de una economía flexible, a través de su eficiencia e innovación. El segundo, que las PyMEs eran más productivas que las GE, pero que no eran apoyadas por el sector financiero, haciéndose necesaria la ayuda estatal. Finalmente, la evidencia empírica demostraba que las PyMEs eran más funcionales al empleo que las GEs, debido a que las primeras son intensivas en mano de obra, mientras que las segundas lo son en maquinaria (Beck, Demirgüç-Kunt, & Lavine, 2005).

En América Latina el ambiente en que comenzaron a desarrollarse las PyMEs fue muy particular ya que se presentaba como cerrado al mundo, con una baja competencia y una alta incertidumbre económica (Yoguel, 1998), que respondía al esquema de Industrialización por Sustitución de Importaciones (modelo ISI), lo cual conllevó a una configuración particular de estas pequeñas firmas, que se debieron enfrentar, en la década de los noventa, a la liberalización de mercados y la apertura al comercio internacional, lo cual generó una ardua competencia económica.

A principios de los noventa se realizaron varios estudios de microeconomía, destinados a identificar los desafíos a los que las PyMEs se enfrentarían en el nuevo escenario marcado por el cambio de régimen y marco regulatorio; y si bien se encuentran excepciones particulares, las PyMEs enfrentan un fuerte desafío competitivo debido a la apertura económica y las reformas estructurales, que si bien disminuyeron la incertidumbre, posibilitaron la aparición de nuevos competidores (Yoguel, 1998).

Al mismo tiempo que la liberalización del comercio pareciera tener efectos de polarización entre las distintas áreas productivas de las MIPYMES; el efecto del proceso sobre el desempeño del sector pareciera no haber sido tan chocante. Así, autores como Peres y Stumpo (2002) indican que la evidencia empírica se encuentra lejos de poder sustentar afirmaciones sobre que las PyMEs haya resultado perdedoras del proceso de liberalización de los noventa.

Su relación con el éxito económico

Es importante destacar que si bien el cambio de paradigma, revisado anteriormente, reorienta la interpretación de la existencia de las MIPYMES, alejándola de aquella primera intuición de verlas como signo de sub-desarrollo industrial de las economías; esto no debe conducirnos a una reinterpretación, también errónea, que las tome ahora como causa del éxito económico de un país. Lo que el nuevo modelo nos está indicando es que las MIPYMES pueden ser consideradas como una característica de las economías exitosas, pero no necesariamente como una causa exógena de ellas (Beck, Demirgüç-Kunt, & Lavine, 2005).

Lo mismo puede ser dicho respecto del tamaño del sector, su aumento es factible de ser interpretado como carácter de éxito económico, pero no así como causa del mismo (Ayyagari, Beck, & Demirgüç- Kunt, 2007); lo que implica que la multiplicación de empresas de menor tamaño no es una política que por sí conlleve al desarrollo; pero sí dice que las políticas que conduzcan al desarrollo, eventualmente, harán incrementar el tamaño del sector MIPYME.

Sobre el estudio de las MIPYMES y sus desafíos

El interés por el desarrollo del sector y las explicaciones acerca de su surgimiento y tamaño han despertado una gran cantidad de trabajos y análisis en distintas direcciones y diversos fundamentos y enfoques; desde aquellos que analizan sub-sectores al interior de los países, hasta los que esbozan cortes transversales a una región o el Mundo, en un intento por elaborar teorías comprensivas de la MIPYME.

A la luz de la revisión de dichos estudios del fenómeno de las MIPYMES, el presente manual recomienda ciertas precauciones y advertencias sobre las limitaciones de los mismos; cualquier análisis del sector, especialmente a nivel internacional y más aún comparado, enfrenta desafíos de tres tipos: estadísticos, de definición y de clasificación. El presente capítulo tiene por objeto revisar dichas barreras y proponer soluciones en formato de estándares, a fin de enfrentar el problema en estudios futuros y posibilitar el desarrollo teórico comparado a nivel general.


La informalidad del sector

Muy a diferencia de lo que se planteó en los primeros estudios sobre el sector, las micro, pequeñas y medianas empresas no son por definición informales[2], pero sí gran parte de ellas se encuentra en la informalidad; diferencia conceptual muy importante al momento de establecer los puntos de partida de las políticas de apoyo y fomento; no estamos hablando de un sector que vive de dicha informalidad y que se transforma al salir de ella, sino de empresas que han encontrado –en ciertos casos– un nicho de desarrollo en la informalidad pero que no dejarían de ser MIPYME si salieran de ella.

En los primeros estudios realizados sobre el fenómeno, en especial los focalizados en Italia, también se denominó al sector como economía “sumergida”, término que venía a denotar no tanto la informalidad de las empresas como si su tendencia a operar fuera de los canales legales de comercio, contraponiéndola con el sector “formal”, constituido por las grandes industrias. Así, se caracterizaba al sector MIPYME como “empresas pequeñas y artesanales, las cuales no siempre utilizan los canales formales del mercado, y que aprovecha la abundancia relativa de recursos, particularmente en el mercado del trabajo” (CEPAL, 1988, pág. 61). A fin de probar la relevancia del sector, estos estudios contraponían la población empleada con la que se encontraba en los registros fiscales, descubriendo así una amplia proporción, de donde se infería la importancia de la economía “sumergida”.

La XV Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo de 1993 había definido al sector informal como el conjunto de unidades productivas que eran explotadas directamente por sus dueños; esto mantenía ciertos sesgos del paradigma del fordismo, ya que se basaba en la ausencia de división del trabajo y el capital. “El activo fijo y otros valores no pertenecen a la empresa en sí, sino a sus propietarios.

Las unidades como tales no pueden efectuar transacciones o celebrar contratos con otras unidades, ni contraer obligaciones en su propio nombre. Los propietarios tienen que reunir los fondos necesarios por su cuenta y riesgo y deben responder personalmente, de manera ilimitada, de todas las deudas u obligaciones que hayan contraído en el proceso de producción.” (Organización Internacional de Trabajo, 1993, p. 2) Posteriormente, estudios como el de Briones (1998) buscaron establecer una diferencia entre el común de la economía informal –a lo que llamaron el núcleo duro– y las microempresas; esto era necesario ya que, de lo contrario, se estaba englobando en una misma categoría a unidades con lógicas económicas muy distintas. Es necesario continuar en ésta línea a fin de evitar el solapamiento mencionado, el cual genera distorsiones tanto analíticas como de formulación y análisis de políticas públicas.

En trabajos más recientes como el de López (2005) se empieza a hilar más fino y establecer diferencias al interior de la MIPYME; de esta forma se enuncia que mientras la mayor parte de las microempresas no cumplen con las formalidades de registro y autorizaciones, la mayor parte de las pequeñas y medianas empresas sí lo hacen; aunque no de forma completa ni constante. Es importante mantener este concepto en mente, ya que las políticas destinadas a transparentar la situación del sector no pueden enfocarse de igual manera hacia los tres tipos de empresas, ya que ello devendría en una asignación ineficiente de recursos y esfuerzos.

Los acuerdos comerciales y el monitoreo MIPYME


En la actualidad, en los Tratados de Libre Comercio, se pacta la liberalización de las barreras arancelarias y el ingreso o egreso de productos de manera más favorable; cambios que afectan directamente la competitividad de los empresarios MIPYME, tanto de manera externa, la cual podrá verse favorecida por los nuevos beneficios de que sus productos contarán en el extranjero; como en su competitividad interna, la cual podrá ser puesta en juego por la ampliación de la cantidad de productos y productores que tendrán acceso a la plaza de mercado del país.

En materia estadística, dichos acuerdos no contemplan mecanismos de monitoreo de la evolución de las MIPYMES, y estas son rara vez consideradas al momento de negociar los acuerdos, los cuales se focalizan en el nivel macro y no contemplan generalmente el impacto que tendrán en los pequeños empresarios; esto se ve reflejado en que “los intereses de la MIPYME por lo general, han sido abordados de manera incompleta en los procesos de negociación” (Figueroa de Santamaría, 2009, pág. 342).


DEFINICION DE MIPYME

En la presente sección nos avocaremos a un tópico central en el estudio de las MIPYMES, que es el de su definición. De la forma en que esto se haga depende en gran parte del análisis, los resultados y las políticas; es de suma importancia no tomar la definición del sector de forma ligera, ya que existen serios limitantes y problemas que se pueden derivar de ella.

Globales y estáticas

El primer error en que se suele incurrir debido a una mala definición es intentar un corte transversal del universo empresarial de todo el planeta; es decir, utilizar una definición estática para aplicarla a todos los países. El concepto parece estar sustentado en la idea de que homogeneizando la definición se obtienen datos equiparables para todos los Estados. Esto es un grave error porque mina el concepto mismo de micro, pequeña y mediana empresa; y aún hasta el de “sector informal” visto anteriormente.

Las definiciones estáticas pueden recoger a la perfección el sentido de la MIPYME en un país determinado, y pueden, efectivamente, ser válidas para otro de iguales o similares características; pero, aplicar una misma definición de micro, pequeña o mediana empresa, es decir que refleje el tamaño de la firma, a China y a cualesquiera países centroamericano, indefectiblemente conducirá al error de no representar cabalmente al sector de uno de los dos países, ya sea porque el umbral quede muy bajo o a la inversa. Esto no necesariamente se debe al grado de desarrollo de los países, pero sí al tamaño de sus economías y a las dimensiones poblacionales con las que se cuente, entre otras variables.

Así, estudios como el de Knight (2000), que revisan el sector PyME a nivel internacional utilizando como definición el umbral de los 500 empleados, si bien son metodológicamente de muy buena calidad, pierden rigurosidad científica inmediatamente uno revisa la definición empleada; debido a que esta medida –500 empleados– está muy por sobre la utilizada por cualesquiera de los países del istmo centroamericano, donde por sobre 100 ó 150 empleados se considera como gran empresa. De hecho, el umbral recomendado por la Unión Europea para sus Estados Miembro es de 250. Es decir, se hizo un gran esfuerzo metodológico para un trabajo que no está comparando efectivamente a los agentes que pretende comparar.

El análisis comparado repara gran parte de su rigor en las unidades a ser comparadas, para ello se debe ser cauteloso en la utilización de definiciones generales y estáticas.

El segundo problema se encuentra cuando se utilizan los datos ofrecidos por los países de acuerdo a sus propias clasificaciones. Mientras este análisis es mucho más riguroso que el anterior, y cuenta con muestras nacionales determinadas por los parámetros de los países, existe un problema de compatibilidad entre las definiciones, ya que estas se sustentan sobre números [muchas veces arbitrarios] designados por las legislaciones nacionales de cada Estado y que representan realidades no siempre comparables. Es decir, la formulación de los umbrales nacionales responde a necesidades, inquietudes y metas establecidas en los programas de gobierno de cada país, y que pueden ser diferentes a las de otros Estados, arrojando por tanto resultados divergentes.

Es por lo anterior que resulta necesaria la formulación de una definición global dinámica. Global en tanto que responda a criterios de formulación comparables y metas generales, que escapen a las lógicas nacionales. Dinámica en tanto debe ser adaptable a las distintas realidades, permitiendo así reflejar las condiciones del sector en economías de distintos tamaños.

Incoherencias internas

Las definiciones de MIPYMES utilizadas por los distintos países suelen cruzar tres dimensiones: el personal empleado, los activos de la firma y las ventas brutas anuales. Exigiéndose que la empresa postulante a la categoría cuente con una cantidad de empleados comprendida entre dos umbrales –uno de mínima y uno de máxima–, y lo mismo para el caso de sus activos y ventas brutas; es conveniente acotar que definiciones como la de la Unión Europea plantean una relación entre activos y ventas brutas donde la empresa deberá de cumplir solo con uno de los dos, aquel que le resulte más conveniente.

El conflicto interno se da cuando las empresas tienden a cumplir con uno de los criterios pero no con el otro, esto quiere decir que existe un problema de coherencia interna de la definición, defecto que puede conducir a conclusiones erradas o, como se ejemplifica en el trabajo de Moen (1999), a resultados distintos, de acuerdo a si cruzamos los datos con el número de empleados o con las ganancias. En dicho caso, el estudio resultaba en que las micro empresas no eran menos competitivas que las pequeñas y medianas en tanto se utilizase el número de empleados como clasificador, pero si se definían los umbrales a través de las ventas anuales, las microempresas figuraban como menos competitivas.

Dos puntos se desprenden de dicho análisis y son complementarios; el primero resalta que es necesaria una revisión de la desviación que existe entre los distintos criterios, a fin de formular definiciones que recojan de mejor manera las relaciones existentes entre empleados y ganancias brutas o activos. Pero a la vez, es necesario comprender que los umbrales son demarcaciones de valores máximos, establecidos en conjunto y que siempre existirán diferencias; por lo tanto es importante hacer análisis sin desagregar las definiciones –exceptuando el caso en que la inconsistencia interna sea demasiado importante– a fin de tomarlas como un todo y no como la sumatoria de sus partes.

Abusos de la categoría

Las definiciones, y los modos en que estas son construidas y aplicadas son de suma importancia al momento de formular políticas públicas de apoyo al sector, donde se debe evitar que se pierda el objetivo y el recurso sea mal aprovechado por grandes empresas que encuentren la forma de engañar al sistema a través de manipulaciones terminológicas o la forma de contar empleados o reportar ganancias. Es en esta dirección que la Unión Europea formuló recomendaciones sobre la manera de analizar las relaciones entre empresas y estableció una serie de salvaguardas para evitar abusos.

Así, existen tres categorías para contabilizar a los empleados y activos y ventas de una empresa; en el primer caso la empresa es autónoma, no siendo propietaria de ninguna otra empresa, o siéndolo en menos de un 25% de aquella; a la vez que se pide que ninguna empresa sea propietaria de la primera, o lo sea en menos de un 25%; en este caso, se contabilizarán los empleados y activos y ventas como si la empresa fuese una sola.

En el segundo caso, la empresa es propietaria de más del 25%, pero menos del 50% de una segunda empresa –o una segunda empresa es propietaria de más del 25% pero menos del 50% de la primera– en dicho caso se considerarán tantos empleados como porcentaje se tenga de la otra empresa.

Una tercera variante es que la empresa está “ligada” con otra, siendo propietaria de más del 50% de aquella, o a la inversa, caso en el cual ambas empresas se contabilizarán como una sola.

De esta forma se buscó evitar la fragmentación de grandes empresas en dos empresas medianas o pequeñas, bajo una misma propiedad, y con la intención de acaparar beneficios que tenían por destino a empresarios realmente pertenecientes al sector MIPYME.

El otro punto fundamental es establecer el criterio según el cual se contabilizarán a los empleados, en especial para los casos de los que se encuentran trabajando medio tiempo, el personal de licencia y los aprendices o practicantes. En el caso de los primeros se recomienda la contabilización como medio empleado por cada trabajado que se desarrolle actividades por menos de cuatro (4) horas, pero las fracciones se elevarán a números enteros (si una empresa contabiliza a todos sus trabajadores de tiempo completo y medio tiempo y resulta en poseer 9.5 trabajadores, se considerarán como 10).

En relación con aquellos que se encuentren de licencia, si la misma goza de haberes, serán considerados como trabajadores, a menos que la empresa demuestre que debió contratar a otro empleado para cubrir dicho puesto, y que éste si está siendo tenido en cuenta. Finalmente, los aprendices y practicantes no deben ser contados entre los empleados, a fin de no desincentivar la trasmisión de conocimiento.

Estas definiciones legales de la Unión Europea no deben ser consideradas necesariamente como las mejores, pero sí como buenos ejemplos a seguir en la búsqueda de asegurar que los beneficios sean recibidos por quienes son sus verdaderos destinatarios propuestos, y no por grandes empresas que logran disfrazarse tras un velo de MIPYME; lo mismo a la inversa.

Las condicionantes en un mercado común

Si la definición de las MIPYMES es importante para los estudios y el análisis estadístico internacional comparado, lo es más aún para los países involucrados en un estadio superior de integración económica, especialmente a partir de la conformación de un mercado común15. Esto debido a que dentro de dicho estadio existe una libre movilidad de bienes, servicios y factores productivos, lo que hace que MIPYMES nacidas en un territorio puedan desplazarse a otro; a fin de evitar distorsiones competitivas (Comisión Europea, 2005) es importante estandarizar la definición.

Es necesario no solo que los beneficios e incentivos económicos sean transversales y equiparables entre los distintos Estados Miembro del proceso de integración; pero también que estén basados en definiciones compartidas, a fin de que una misma empresa no pueda ser clasificada de forma distinta en cada país, y por tanto goce de deberes y derechos distintos.

A fin de lograr la mencionada armonización, no es imperativa la facultad supranacional del proceso de integración para imponer una definición a los Estados Miembro, pero sí que pueda realizar las investigaciones pertinentes a fin de recomendar a estos una definición comunitaria; y que los países cuenten con la posibilidad técnica y legal, y la voluntad política, para acoger dicha recomendación como propia e internalizarla en la reglamentación nacional.

Es importante notar que una armonización no puede ser formulada, en países de tamaños poblacionales y económicos distintos, a través de una normativa estática; se plantean entonces tres alternativas: en la primera se rigidiza la movilidad de los factores al interior del mercado común, lo cual minaría parte de la ventaja del proceso de integración. En segundo lugar se puede establecer una definición dinámica que recoja las variantes de los países bajo el concepto de que las diferencias propias de cada sistema nacional harán de contrapeso a las distintas variantes de la definición. Por último puede equipararse una misma definición, arriesgando a perjudicar o beneficiar a los sectores de algunos países, hasta que la situación económica interna del mercado común sea equiparada.

Aproximaciones en la literatura

El desafío aquí recogido no es nuevo en los estudios sobre el sector MIPYME, y a lo largo de la literatura ha habido ciertos acercamientos a una definición que solucione estos inconvenientes, no obstante, en su mayoría han fracasado en superar las barreras expuestas; si bien se han enfocado a lograr una definición que elimine las distorsiones nacionales, han caído en caracterizaciones estáticas que poco sirven para un análisis comparado sensible a las distintas realidades nacionales.

En primer lugar encontramos definiciones formuladas ad hoc, a fin de resolver problemas puntuales para investigaciones dadas. Dicho tipo de formulaciones ha contaminado importantes estudios, como el de Briones (1998), en los cuales se utilizan números elegidos de forma arbitraria, que pone en duda la rigurosidad de los resultados; y caracterizaciones difusas, que no dejan ver claramente el criterio de clasificación16; y que en última instancia hacen del estudio algo cerrado que no permite su comparación con otros análisis, a la vez que limita el seguimiento del mismo.

El segundo caso, internacionalmente difundido, es el criterio de los 250 empleados17, umbral con el que se pretende establecer un corte transversal y de características universales, a fin de determinar el máximo de empleados con los que pueden contar una MIPYME. Esta clasificación, utilizada por ejemplo en la Unión Europea pero también en otros estudios de comparación, no cuenta con ningún fundamento de aplicación –como ya hemos enunciado– en países como los centroamericanos.

Existen luego definiciones institucionales, donde destacan la del Fondo Monetario Internacional, la del Banco Mundial y la de la Organización Internacional del Trabajo; ésta última utiliza el criterio de empleo y define como microempresa a aquella con hasta cinco (5) empleados, pequeña empresa a la que tenga desde seis (6) hasta veinte (20) empleados, y mediana y gran empresa a la que tenga más de veintiún (21) personas empleadas.

La del Banco Mundial se enmarca entre las definiciones globales estáticas, considerando como microempresas a las que cuenten con un máximo de 10 empleados, activos por menos de 10.000 dólares y ganancias anuales menores a 100.000 dólares; pequeñas empresas serán aquellas con menos de 50 empleados y activos o ventas anuales inferiores a los 3 millones de dólares; finalmente las medianas empresas serán las que tengan menos de 300 empleados y cuyos activos o ganancias anuales no superen los 15 millones de dólares (Ayyagari, Beck, & Demirgüç-Kunt, 2007). Nuevamente nos enfrentamos aquí a una definición que no es sensible a las distintas realidades nacionales.

Por su parte, la del FMI busca aproximarse a una definición dinámica al establecer dos criterios cualitativos de clasificación en lugar de meros números taxativos; de esta forma, de acuerdo al primer criterio, se considera como MIPYME a aquellas empresas donde exista una relación directa entre propiedad y gestión, volviendo, en cierta medida, al criterio de la XV Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, pero tomándolo ahora como propio de la MIPYME y no del sector informal. El segundo criterio es la responsabilidad del propietario en todo lo que concierne a las decisiones relevantes y conducción de la empresa.

La definición del FMI, a través de criterios cualitativos, fusiona las características de ser general pero a la vez dinámica; no obstante, genera un nuevo inconveniente respecto a la forma de relevar los datos; y no permite distinguir entre micro, pequeña y mediana empresa al interior del sector, donde requeriremos de una clasificación extra.

Finalmente entidades sub-regionales de integración, como el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), han elaborado fórmulas para articular las distintas definiciones de los Estados miembros. De tal manera, la Comisión de Pequeña y Mediana Empresa del Sub-Grupo de Trabajo 7 generó un coeficiente que se elabora a partir de una relación ponderada de las características de la empresa con los valores de referencia del MERCOSUR.



 










Donde Po es el personal ocupado, Pr el personal de referencia, VB las ventas brutas anuales, y Vr las ventas brutas de referencia.

Definición de la MIPYME según nuestro ordenamiento Jurídico.

De conformidad al arto. 4 de la Ley 645 las PYME: “son todas aquellas micro, pequeñas y medianas empresas, que operan como persona natural o jurídica, en los diversos sectores de la economía, siendo en general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrícolas, pecuarias, comerciales, de exportación, turísticas, artesanales y de servicios, entre otras”.


Clasificación
Definidos los parámetros entre los cuales se considerará a una empresa como perteneciente al sector MIPYME, y una vez diferenciada entre micro, pequeña y mediana, es necesario revisar las clasificaciones que se efectúan al interior del sector MIPYME. Esto a razón de permitirnos análisis con mayor diferenciación entre las distintas características de las empresas, ya que el creciente sector de las MIPYME es heterogéneo a su interior y la efectividad de las políticas públicas enfocadas a él, dependerá del grado de conocimiento que se tenga de las discrepancias internas del sector. A continuación recorreremos las clasificaciones más comúnmente utilizadas en la literatura y las que cuentan con mayor peso analítico

Según la Ley 645 se clasificarán como micro, pequeña y mediana empresa las personas naturales o jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos. La clasificación de cada MIPYME, en la categoría correspondiente a micro, pequeña y mediana se hará conforme a los parámetros indicados a continuación:

Variables
Micro Empresa
Pequeña Empresa
Mediana
Parámetros
Número Total de
Trabajadores
1–5
6–30
31–100
Activos Totales
(Córdobas)
Hasta 200.0 miles
Hasta 1.5 millones
Hasta 6.0
millones
Ventas Totales
Anuales (Córdobas)
Hasta 1
millón
Hasta 9
millones
Hasta 40
millones


Autoempleo–empleadoras

La primera división se relaciona con la forma en que se articulan los vínculos laborales entre trabajo y capital al interior de la empresa, y propone distinguir entre MIPYMES de “autoempleo” y “empleadoras”; si quienes son propietarios son a la vez empleados, y no existe ningún obrero externo contratado, la MIPYME es considerada como de autoempleo, asimilándola a las economías hogareñas. Si, por el contrario, existen trabajadores no propietarios, vinculados a la unidad productora, entonces estamos frente a una empresa empleadora. Sintetizando, el criterio es si los factores productivos de trabajo y capital están o no en las mismas manos.

Propiedad del capital
La segunda clasificación observa la relación que existe entre la dirección de la empresa y el capital que la compone. De esta forma nos encontraremos ante MIPYMES cuyo propietario es a la vez director de la empresa. Esta clasificación busca remediar trabas conceptuales de definiciones cualitativas como la del Fondo Monetario Internacional, en aquella, se establece que debe existir una relación directa entre propiedad y gestión; si esto fuera siempre así, nos encontraríamos con la imposibilidad de inversiones en MIPYMES, lo cual limitaría el margen de maniobra de las políticas de promoción del sector.

Una aproximación generalmente más aceptada a la clasificación por propiedad del capital la hace el Sistema de Cuentas Nacionales (Naciones Unidas y Otros, 1993), el cual separa entre sociedades y empresas de hogares bajo el concepto de que “una empresa no constituida en sociedad que es propiedad en su totalidad de uno o más miembros del mismo hogar se trata como parte integrante de ese hogar y no como una unidad institucional separada” (pág. 87); a su vez, “Si una empresa no constituida en sociedad llega a ser más separable financieramente de su propietario y adquiere las características de una cuasisociedad, dicha empresa y sus activos y pasivos se trasladan desde el sector de los hogares al sector de las sociedades no financieras; estos movimientos de los activos y pasivos se consideran otros flujos pertenecientes a esta categoría” (pág. 77).

Establecimiento
Una tercera clasificación se traza desde la operación o no en una base física establecida, es decir un local comercial. El problema surgió en estudios como el de Salazar (2008) respecto de las MIPYMES en la zona norte de El Salvador; el investigador encontró allí una importante barrera en la definición del sector de acuerdo al censo económico llevado a cabo por el país, el cual exigía que las empresas contasen con un local, a fin de ser consideradas como tales. Esto dejaba fuera del universo a explorar, a todo el comercio ambulante y a la gran mayoría de las empresas hogareñas21, sub-sectores ambos que componen la mayor parte de las microempresas.

Urbana–rural
Esta cuarta clasificación, que pareciera ser obvia, responde no a meros criterios geográficos o de actividades; Parra Escobar (2000), en su estudio de la microempresa rural, establece que ésta cuenta con lógicas empresariales distintas y con dificultades operacionales que no son las mismas que enfrentan las urbanas; lo que la convierte en un fenómeno que, si bien comparte características, se diferencia en sus necesidades y modos de operación.

Es por lo tanto necesario separar ambos tipos de empresas, a fin de poder implementar políticas de fomento y apoyo que asistan al empresariado en aquello que realmente necesita, que no pareciera ser lo mismo en la ciudad que en el campo, optimizando recursos a fin de maximizar los beneficios y reducir los esfuerzos en áreas no necesarias.

Formal–informal
El grado de formalidad del emprendimiento es fundamental y constituye una variable transversal que corta todas las definiciones y clasificaciones de manera horizontal. Su importancia radica en diversos puntos, en primer lugar suele ser un buen indicador del rendimiento productivo de la empresa y la situación económica que enfrenta; esto debido a que la teoría de la MIPYME establece que estas se mantendrán dentro del sector informal en tanto el costo de la formalidad sea mayor a las ganancias, implicando la imposibilidad de abandonar el sector informal debido a que lo mismo constituiría el quiebre de la firma. En muchos casos, sucede también, que por falta de conocimiento o de información pública, las microempresas no son conscientes de los beneficios de la formalización, y pudiendo asumir su costo, decidan permanecer en la informalidad; en estas situaciones es la difusión de beneficios desde el sector público la que está fallando.

En segundo lugar, el grado de formalidad de la empresa es importantísimo al momento en que esta enfrenta la necesidad de financiamiento; las firmas que no se encuentran formalizadas no podrán acceder, en principio, a los créditos bancarios tradicionales22, y recurrirán, más probablemente, a los prestamistas, los créditos de consumo en financieras o bancos comerciales internacionales, o en los mejores casos, a instituciones de microfinanzas en alguna de sus modalidades (metodología grupal, individual o banca colectiva, entre las principales).

Estas instituciones microfinancieras suelen dividirse en dos clases, las cooperativas de ahorro y crédito (CAC) por un lado, y las organizaciones no gubernamentales (ONG) dedicadas al microfinanciamiento, por el otro. Una de las mayores dificultades que se presenta en países como Nicaragua, es que este sector financiero no se encuentra regulado (FIDEG, 2008).

Orientación e intensidad productiva
Las clasificaciones anteriores apuntan a las características organizacionales o constitutivas de las empresas, existen luego tipificaciones orientadas a las actividades realizadas por las unidades productivas; de estas se cuenta con largos listados descriptivos, no obstante hay dos características generales que valen ser mencionados en el presente recorrido.
Una clasificación importante es sobre las actividades realizadas por la MIPYME, de acuerdo a su uso intensivo de factores; de esta forma, una empresa, puede ser intensiva en: conocimiento, recursos naturales, trabajo, ó capital; siendo dichas categorías no excluyentes entre sí de manera taxativa. Esta herramienta de análisis es muy importante a los momentos de desarrollar políticas de apoyo al sector ya que arroja luz sobre las áreas donde la MIPYME del país (o región) son más fuertes y dónde requieren de más ayuda. Así, de poco servirán políticas de promoción de bajos costos en los insumos, si es que las MIPYMES se especializan en productos cuya intensidad recae en el conocimiento; y de la misma forma, políticas de desarrollo de capacidades, que siempre son importantes, tendrán menos efecto en sectores donde las necesidades sean financieras.

Determinantes del tamaño
Si existe una interrogante que haya acompañado a las MIPYMES desde los comienzos de sus investigaciones hasta nuestros días es el por qué de su tamaño. En respuesta a dicha inquietud, lo estudios sobre el sector han esbozado una lista de teorías explicativas entre las que destacan la tecnología, los costos de transacción, el mercado, y el ciclo de vida.

Tecnología
Este ha sido el enfoque predominante en el análisis previo a la década de los noventa, y se enfoca en que el tamaño de la empresa, en un marco de equilibrio competitivo, va a ser determinado por el punto de eficiencia en la reducción de los costos fijos a largo plazo (Baumol, Panzar, & Willig, 1982).

Costos de transacción
Es la aplicación de la teoría del institucionalismo, a las micro, pequeñas y medianas empresas. Se  define como “costos de transacción” a los determinantes del medio en que se desenvuelven las empresas; es decir que unidades productivas de iguales características van a tener tamaños distintos en economías diferentes, de acuerdo a los costos de transacción e internalización de estos países (Di Tommaso & Dubbini, 2000).

El mercado
En las dos teorías precedentes, la explicación del tamaño de las empresas está dada sobre principios de eficiencia; en contraposición, aquí se plantea que el mercado es imperfecto y que el tamaño de cada una de las firmas va a tener directa relación con la distribución de poder y el rol que le toca jugar a cada una de ellas dentro del mercado y su estructura de competencia; y nada se dice sobre la eficiencia de producción.

“Al introducir diferenciaciones de costos, gustos y productos, la cuota de mercado de una firma ya no depende de la estrategia de precios sino del segmento del mercado al cual es funcional”25 (Di Tommaso & Dubbini, 2000, pág. 10).

Otra vertiente que también explica el tamaño de las firmas desde la óptica del mercado lo hace con hincapié en la flexibilidad de estas para generar productos en mercados de tamaños reducidos, donde la economía de escala sería imposible ya que la producción eficiente a niveles mínimos no es suficiente para hacer subsistir a las grandes empresas, y por ello queda lugar para las MIPYMES, que surgen a fin
de suplir una demanda no satisfecha de productos.

“Ciclo de vida” de las empresas
Finalmente se proponen formas de analizar el proceso dinámico de competencia, como la teoría del ciclo de vida de Marshall, o la evolutiva de Schumpeter. Se reduce el tamaño de la empresa a su edad y crecimiento; planteando que la principal fuente de innovación y éxito es la investigación y desarrollo, área en que las empresas grandes y mejor establecidas corren con ventaja.

Las empresas ingresan al mundo como firmas pequeñas, y a través del aprendizaje van creciendo y evolucionando en el ciclo de vida, con lo que logran mayor estabilidad, lo que les permite invertir más en investigación y desarrollo, produciendo una constante innovación. Esto ha sido rebatido por algunos estudios que plantean, de acuerdo a datos empíricos, que las ventajas que debieran acompañar a las grandes empresas, como el mayor autofinanciamiento y el apalancamiento, no se ven reflejadas en la realidad.


Órganos Rectores

*      MIFIC. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio

El Órgano Rector de la Ley es el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).

Además de sus atribuciones propias consignadas en la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" y su Reglamento, el MIFIC tendrá las siguientes funciones:

1. Evaluar y regular los programas, normas y políticas de promoción y fomento de las MIPYME, dentro del marco de su competencia, con énfasis en la aplicación de soluciones referidas a los obstáculos más relevantes en su desarrollo. Así mismo, dar seguimiento a dichos programas;

2. Establecer la coordinación con las instituciones del sector público y privado, para desarrollar la efectividad de los programas de fomento y desarrollo de las MIPYME;

3. Organizar los sectores productivos en correspondencia con la estrategia institucional del MIFIC que incluya la conformación de las comisiones sectoriales como instancia de consulta y concertación;

4. Promover el desarrollo de las organizaciones empresariales, la asociatividad y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y privadas de apoyo a este sector;

5. Establecer mecanismos de flexibilización, simplificación y descentralización operativa que faciliten la creación, gestión y operación de las MIPYME;

6. Desarrollar el Sistema Integrado de Información de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (SII-MIPYME), y sus estadísticas;

7. Proponer en coordinación con el Instituto Nicaragüense de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (INPYME), el Ministerio de Educación (MED), el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), las Universidades y otras Instituciones del Sector Educativo Público y Privado, la adecuación de los programas de educación de conformidad a las necesidades de desarrollo empresarial de las MIPYME;

8. Promover la creación de parques industriales, parques tecnológicos, centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, programas de creación de empresas y centros de desarrollo productivo, que conlleven la masificación y unificación de las MIPYME;

9. Promover el crecimiento, diversificación y consolidación, de las exportaciones, implementando estrategias de mercado y de oferta exportable;

10. Analizar el entorno económico, político y social, así como el impacto sobre las MIPYME y la capacidad de dinamizar la competitividad de éstas en los mercados de bienes y servicios y adecuarlos conforme al objetivo de esta Ley;

11. Promover la formulación, ejecución y evaluación de Programas y Políticas Públicas favorables para que las MIPYME consoliden, mejoren e incrementen su competitividad;

12. Apoyar a las MIPYME ubicadas en áreas de economía campesina, estimulando la creación y fortalecimiento de empresas y empresarios rurales, propiciando la agregación de valor a la actividad económica del agro;

13. El MIFIC, será el órgano encargado de fomentar la organización de los Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, la integración y funcionalidad de éstos y todo aquello que conduzcan a fortalecer y desarrollar a las MIPYME de acuerdo a esta Ley, deberá ser establecido en el Reglamento de la presente Ley; y

14. Formular políticas para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

*      INPYME. Instituto Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Empresa.

El INPYME además de las atribuciones establecidas en la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", su Reglamento y sus Reformas y el Arto. 6 del Decreto 6-94, tendrá las siguientes atribuciones:

1. Elaborar los estudios técnicos necesarios para la formulación y aplicación de programas y proyectos;

2. Realizar anualmente encuentros nacionales o regionales de las MIPYME;

3. Celebrar convenios de cooperación con las autoridades administrativas a nivel nacional, entes descentralizados, desconcentrados, reguladores y gobiernos regionales, municipales y gremios empresariales, atendiendo las necesidades, características y vocación empresarial de cada territorio;

4. Prestar servicios de información, orientación y diagnóstico empresarial para evaluar la posición competitiva de las empresas, identificando sus áreas de oportunidad y las rutas alternativas para elevar la productividad y rentabilidad de los negocios;

5. Formular y administrar el Programa de Desarrollo a las MIPYME (PROMIPYME);

6. Procurar la formalización y constitución legal de las MIPYME del sector informal existente y promover el nacimiento de nuevas empresas mediante la implementación de creación de empresas;

7. Proporcionar a la micro, pequeña y mediana empresa servicios de consultoría y asesoría, que le permitan mantenerse en un mercado altamente competitivo;

8. Capacitar a profesionales y técnicos, (consultores individuales y demás oferentes del Servicio de Desarrollo Empresarial), en las áreas funcionales empresariales incluyendo aspectos técnicos productivos para la atención a la micro, pequeña y mediana empresa;

9. Promover y fortalecer la cooperación y asociatividad inter empresarial a nivel nacional, Gobiernos de las Regiones Autónomas y Gobiernos Municipales, así como de sectores y cadenas productivas;

10. Promover la equidad de género para el acceso de oportunidades para la micro, pequeña y mediana empresa;

11. Implementar buenas prácticas que permitan un buen manejo de los sistemas de protección del ambiente;

12. Promover la responsabilidad social empresarial; y

13. Apoyar a empresarios emprendedores para la creación de empresas con presencia de jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

*      Consejo Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CONAMIPYME),

Es una instancia de consulta, concertación y consenso entre el Gobierno Central, los Gobiernos Municipales, los Gobiernos de las Regiones Autónomas y el sector gremial de la MIPYME, para determinar las prioridades nacionales, que son expresadas en políticas, programas y acciones dirigidas a la promoción y al fomento del sector.

*      Consejos Regionales y Departamentales MIPYME.

Se crean los Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, como expresiones territoriales, de consulta, concertación, consenso y gestión, los que estarán integrados por representantes de las expresiones territoriales del Sector Público y Privado, así como Organismos Gremiales y Organismos No Gubernamentales que trabajen en el fomento y desarrollo de las MIPYME en cada territorio.

*      EL PROMIPYME. Programa Nacional Multi-anual de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Es un programa permanente e integral de desarrollo a las MIPYME nicaragüenses, cuyo propósito es elevar y consolidar la competitividad, así como integrar en igualdad de condiciones, en el mercado nacional e internacional, a las MIPYME.

*      Fondo de Financiamiento para el Fomento y Promoción

Está dirigido a promover y mejorar la capacidad de gestión y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas nicaragüenses con el objetivo de financiar los componentes, acciones y actividades derivadas del Programa. Este fondo estará integrado por recursos provenientes del Presupuesto General de la República y de fuentes de financiamiento alternas y complementarias vinculadas a la cooperación internacional y sector privado.

SERVICIOS MULTISECTORIALES BRINDADOS POR EL ESTADO.

Acciones Educativas de Capacitación y Asistencia Técnica para MIPYME y de Creación de Empresas. El MIFIC impulsará con el apoyo del Ministerio de Educación, el INATEC, las Universidades públicas y privadas e Institutos tecnológicos, públicos o privados, acuerdos de cooperación mutua para el establecimiento de estudios a nivel de diplomados, programas de educación no formal, programas de extensión y cátedras abiertas especiales para las MIPYME, que incentiven la iniciativa empresarial de conformidad con las necesidades de desarrollo del país.

Modernización Tecnológica. El Estado a través del órgano rector de la presente Ley, deberá impulsar la modernización tecnológica de las MIPYME y el desarrollo del mercado de servicios tecnológicos como elementos de soporte de un sistema nacional de innovación continua que permitan el progreso permanente y el incremento de la competitividad productiva.

Servicios Tecnológicos. El Estado, a través del órgano rector de la presente Ley, deberá promover la inversión en investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como la inversión en formación y entrenamiento de sus recursos humanos, orientadas a dar igualdad de oportunidades de acceso a la tecnología y el conocimiento, con el fin de incrementar la productividad, la mejora de la calidad de los procesos productivos y productos, la integración de las cadenas productivas y la competitividad de los productos.

Por medio de la concertación de acuerdos en coordinación con el sector privado, las universidades públicas, privadas y el Estado promoverán la investigación e innovación tecnológica.

Oferta de Servicios Tecnológicos. El Estado, a través del órgano rector de la presente Ley es responsable de la promoción integral de la oferta de bienes y servicios tecnológicos orientada a las necesidades de las MIPYME, incluyendo capacitación, desarrollo empresarial, asistencia técnica, investigación, información, asesoría, consultoría, los servicios de laboratorio y proyectos piloto.

FINANCIAMIENTO

El órgano rector, en coordinación con el INPYME, el Banco Central, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y el Sistema Financiero Nacional promoverá la implementación de políticas que faciliten el acceso al crédito y otras fuentes de capital, a favor de la MIPYME establecida y los nuevos emprendimientos.

El Gobierno de Nicaragua podrá gestionar y administrar fondos para proveer financiamientos para las inversiones que requieran las MIPYME, tanto en forma de financiamiento reembolsable, como no reembolsable.

El Estado, a través del órgano rector de la presente Ley, promoverá el acceso al crédito y a otras fuentes de capital, por medio de la creación de instrumentos financieros y bancarios, de sistemas de garantías, fideicomisos, descuentos y reducción de riesgos, que sean orientados a las micro, pequeña y mediana empresa, de acuerdo con las leyes que rigen la materia.

Así mismo el Estado, 
en coordinación con el sistema bancario nacional, promoverá de manera integral el financiamiento, diversificando, descentralizando e incrementando la cobertura de la oferta de servicios de los mercados financieros y de capitales en beneficio de las MIPYME, garantizando la democratización del crédito y así facilitar el acceso del mismo a los empresarios de MIPYME. La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, debe normar todo lo concerniente a la creación del crédito a las MIPYME.


PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CAPACIDAD COMERCIALIZADORA DE LAS MIPYME

Fortalecimiento de la Comercialización. El Estado a través del órgano rector de la presente Ley procurará fortalecer la comercialización en los mercados nacionales y extranjeros. En cumplimiento de lo anterior, se promoverán las siguientes acciones:

1. Fortalecer los encadenamientos productivos y las alianzas estratégicas, focalizando las MIPYME con altos rendimientos más productivos;

2. Organizar ferias locales, nacionales e internacionales, al menos dos veces al año, disponiendo de locales apropiados para exhibición e información permanentes;

Las MIPYME deberán impulsar, con el apoyo del Estado y del Sector Privado, un Parque de Ferias para comercializar sus productos;

3. Promover enlaces productivos entre las MIPYME, y la gran empresa incluyendo empresas de zonas francas;

4. Promover los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en las MIPYME; y

5. Otras actividades similares que logren la dinamización de los niveles productivos, en beneficio de las MIPYME.

Promoción de la Comercialización.

El MIFIC, los Gobiernos Regionales y Municipales, deben promover la logística, comercialización y elaboración de planes de desarrollo nacional para la organización de ferias y otras actividades de fácil acceso que logren la promoción y desarrollo de los mercados y de los productos en sus territorios, en beneficio de las MIPYME, agropecuarios y no agropecuarios.

La garantía de la libre competencia se regirá por lo preceptuado en la Ley No. 601, "Ley de Promoción de la Competencia" y su Reglamento.

Contratación de Bienes y Servicios.

El Estado a través del órgano rector de la presente Ley, promoverá que las contrataciones de bienes y servicios sean efectuadas en igualdad de oportunidades entre el sector empresarial nicaragüense. Optimizando la vinculación e integración de las MIPYME en el comercio interno y con ello procurar fortalecer la comercialización de sus productos en el mercado nacional.

Promoción y Fomento de la Capacidad Exportadora de las MIPYME

Fortalecimiento de la Exportación

El órgano rector formulará las políticas necesarias con el objeto de contribuir a la promoción e inserción de las MIPYME en los mercados internacionales, y promoverá la participación en los acuerdos de comercio internacional, con el interés de fortalecer las expectativas de las MIPYME para lograr con éxito las oportunidades de acceso a mercados extranjeros y la atracción de inversión extranjera directa ligadas a los Tratados de Libre Comercio.

Para tal fin  el Estado realizará las siguientes acciones o planes:

1. Elaborar un programa de análisis de calidad y diversificación de productos, que permita superar las brechas para dar el salto exportador.

2. Facilitar el acceso a las MIPYME exportadoras a otros componentes del PROMIPYME y programas derivados, tales como capacitación y asistencia técnica, desarrollo tecnológico, suministro de materia prima e insumos y reconversión industrial, entre otros.

3. Proveer asistencia técnica en estudios de mercados y en materia de promoción de productos.

4. Promover la certificación de los contenidos y calidad en los productos de exportación.


Programas de Exportación.

El MIFIC promoverá el crecimiento del número de MIPYME exportadoras y su oferta exportable, mediante el desarrollo de programas e incentivos que impulsen una cultura empresarial exportadora, de conformidad a la legislación nacional.

INCENTIVOS
Los incentivos se regirán conforme los siguientes criterios:

1. Por la generación de nuevos empleos, que incluya a mujeres, a personas de tercera edad, a personas con discapacidades o capacidades diferentes y a jóvenes rehabilitados socialmente.

2. Por la reinversión de capital provenientes de utilidades.

3. Por la instalación de nuevas industrias de las MIPYME en parques industriales o de reinstalación de empresas de cualquier sector en municipios en situación de pobreza.

4. Por la exportación de productos que integren, al menos, el cincuenta por ciento de materia prima o insumos nacionales.

5. Por la incorporación de alto componente de valor agregado nacional.

6. Por la implementación de medidas de protección al medio ambiente, la biodiversidad y el uso de tecnologías limpias.

7. Por la producción de productos y servicios que sustituyan los importados; y

8. Que sean artesanos que promuevan la cultura nicaragüense.

Para fines de obtención de los incentivos existentes y los que en un futuro se establezcan, se adoptará una normativa uniforme con procedimiento expedito para la obtención de incentivos fiscales y arancelarios, así como un procedimiento para la devolución o reembolso de impuestos, cuando la Ley así lo determine.

a)     Del Registro Único de las MIPYME y Beneficios

La ley 645  crea el Registro Único de la MIPYME en el MIFIC. Este registro tiene como objeto primordial identificar y categorizar a las empresas MIPYME de conformidad con los conceptos, parámetros y criterios establecidos en la presente Ley.

El Registro Único de la MIPYME tiene como propósito contar con una base de datos suficientemente amplia que permitirá asistir adecuadamente a las MIPYME y que tengan acceso a los incentivos contemplados en las leyes de la materia; emitiendo el certificado de inscripción provisional cuando no estuviese formalizada su inscripción definitiva cuando hubiese cumplido las formalidades que la ley establece. El certificado de inscripción provisional servirá exclusivamente para agilizar los trámites de formalización y de inscripción definitiva.

b)     Infracciones y sanciones

Toda persona natural o jurídica, o persona natural que dirija o ejecute funciones públicas, será responsable personalmente por violación de la Ley 645 sin perjuicio de las acciones penales y civiles que correspondan sobre los siguientes causales:

1. Proporcionar información falsa para la obtención de apoyo, incentivos fiscales o arancelarios;

2. Incumplir con las obligaciones derivadas de la presente Ley, salvo casos fortuitos o de fuerza mayor;

3. Destinar los recursos destinados para la MIPYME a un fin distinto para el cual fueron otorgados.

Sanciones.

Las infracciones a las que se refiere el acápite anterior serán sancionadas de la siguiente manera:

1. La primera vez con la pérdida o reembolso de los beneficios fiscales o arancelarios que le habían sido otorgados a la MIPYME, así como multa equivalente entre el veinte y cinco y el cincuenta por ciento, sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME.

2. En caso de faltas que se clasifiquen de extraordinarias por la magnitud del perjuicio económico y social causado, se sancionará con multa del cien por ciento sobre el valor de los incentivos fiscales o arancelarios que le hubieren sido otorgados a la MIPYME, estos ingresos obtenidos en concepto de multas y sanciones serán trasladados al fondo de financiamiento del PROMIPYME.

GUIA DE ESTUDIO Y ACTIVIDADES

  1. Explique la importancia de las MIPYMES.
  2. ¿Cuál es la relación de las MIPYMES con las Grandes Empresas?
  3. Haga un resumen de no menos diez líneas de la Evolución Histórica de las MIPYMES
  4. ¿Cómo inciden los Tratados de Libre Comercio en el desarrollo de las MIPYMES
  5. Defina según la Ley 645 qué es un MIPYME.
  6. ¿En que consisten las incoherencias internas?
  7. ¿En qué consisten los abusos de categorías?
  8. ¿Cuáles son las condicionantes en un mercado común?
  9. Enumere los organos rectores de la MIPYMES en Nicaragua
  10. Haga un cuadro sinptico de la clasificación de las MIPYMES
  11. ¿Cómo adquieren el financiamiento las MIPYMES?


[1] En estudios más recientes se empezó a diferenciar entre las empresas que se encuentran en la informalidad y las que pertenecen a la economía sumergida, debido a que las segundad están inmersas en cierta ilegalidad, mientras que las primeras se encuentran en una situación transitoria no deseada.
[2] Es importante notar aquí que el concepto de informalidad difiere del de ilegalidad. Una empresa se encuentra en una situación informal cuando, de forma transitoria, no se encuentra cumpliendo todos los requisitos legales, debido a que aquello sería incompatible con la subsistencia de la firma. Se resalta el carácter transitorio de la situación y que se incurre en informalidad debido a necesidades y no a opciones de los empresarios.